Importe de un Juicio y renta 2015

En el 2015, gane un juicio por el impago de un traspaso de un negocio en Madrid que no se pago en 2010, fecha en la que se ejerció el traspaso. En 2015 salio la resolución del juicio y se realizó el pago.

Desconozco si tengo que declarar en la Renta 2015 el importe ganado en el juicio que consta del importe del traspaso más las costas. Y si es así en que casilla y proporción.

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Una sentencia favorable en el juzgado computa como ganancia patrimonial, lo que debe tenerse en cuenta al hacer la declaración de la Renta de 2015.

Un nuevo criterio adoptado hace poco más de un mes por la Agencia Estatal Tributaria (AEAT) respecto a las sentencias judiciales conlleva mayores cargas fiscales para los contribuyentes a los que la Justicia haya dado la razón, advierten los técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) en un comunicado.

Se trata de una una reciente interpretación de la Agencia Estatal Tributaria que llevará a pagar más en la declaración de la renta de este año, similar a la que afecta a la indemnización por daños y perjuicios que reciban los preferentistas.

Así, "cualquier ciudadano al que una sentencia judicial reconozca el abono de las costas, tanto por ganar el pleito como por temeridad procesal de la parte contraria, tendrá que incluir el importe de las costas en la base liquidable general del IRPF, aumentando la progresividad de los sueldos, pensiones, resultados de los autónomos o alquileres declarados".

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