¿Se puede pasar de gananciales a separación de bienes ya casados?
Llevamos casados exactamente 2 años y 9 meses. Tenemos una niña.
Todo en el matrimonio lo he llevado yo (piso, coche...) ya que era la que tenía nómina .mi marido ha empezado a trabajar ahora y nos gustaría hacer separación de bienes. Siempre lo hemos hablado pero nunca hemos visto el momento. Se supone que sería fácil porque al llevarlo todo yo no hay problema y con respecto a las cuentas el dinero hasta día de hoy también era todo mío.
Respuesta:
Para que una pareja pueda cambiar el régimen económico de su matrimonio, ya sea del régimen de gananciales a separación de bienes, como en este caso, o viceversa, han de acudir al notario para que redacte y autorice una escritura pública de capitulaciones matrimoniales, que deberá inscribirse en el Registro Civil.
Las capitulaciones matrimoniales se pueden efectuar antes o después de contraer matrimonio, el único requisito es que los dos cónyuges estén de acuerdo.
Una vez cambiado el régimen económico del matrimonio a separación de bienes, durante el mismo y en cualquier momento puede volverse a modificar a gananciales si se desea y están de común acuerdo los cónyuges, con unas nuevas capitulaciones matrimoniales.
Una duda que tengo es con respecto a las cuentas de mi familia. ¿Por ejemplo yo estoy puesta en las cuentas con mi madre entonces al estar casada en gananciales se supone que ese dinero pertenece también a mi marido aunque sea de mi madre?
Respuesta:
Aun cuando es un tema que puede dar lugar a controversias, entiendo que estando casada en régimen de gananciales, en el supuesto, que tenga una cuenta compartida con su madre:
- Si es cotitular con ella, es decir usted también es titular de la cuenta, la propiedad de la cuenta, es de su madre y del matrimonio (usted y su marido.)
- Si está como autorizada en la cuenta y su madre como titular, la propietaria es su madre.
¿Y con el tema de las herencias por ejemplo si yo heredo algo procedente de mi familia aún estando casado en gananciales se supone que sería mío no?
Respuesta:
Aún estando casado en gananciales, de conformidad con el artículo 1346 del Código civil, son bienes privativos los que se adquieren a título gratuito, entre otros, tienen ese carácter las herencias y las donaciones. Por tanto sería un bien privativo de usted y no de su pareja. Esto debe quedar reflejado en el documento notarial, en base a la documentación que se aporte, para que no pueda considerarse por defecto un bien ganancial.