Derecho de admisión en negocio privado

Tengo un negocio propio de eliminación de tatuajes. Ayer tuve un problema con una clienta, ya que después de dar la sesión, me dice que no me paga porque no estaba contenta con el resultado de la sesión anterior. Si volviera de nuevo, ¿puedo negarme a atenderla? No quiero volver a perder dinero.

2 respuestas

Respuesta
2

Estimada Sonia: Coloca en un lugar visible un letrero donde se lea: "Se reserva el derecho de admisión" y así no tienes que atender a este tipo de clientes. Cuando vuelva a tu negocio simplemente le dices que no puedes atenderla y por favor le pides que se marche, sin mayores explicaciones, ya que tienes todo el derecho de recibir en tu empresa a quien tu decidas. Saludos, a tus órdenes siempre y por favor finaliza y valora esta respuesta si es que no tienes alguna otra duda o interrogante.

Gracias por la respuesta. Es lo que había pensado, pero he leído que este tipo de cartel está prohibido o no tiene valor. Es así? Gracias de nuevo

No está prohibido y simplemente coloca este cartel en un lugar visible y así sólo atenderás a personas que no vayan a causarte problemas.

Respuesta
1

El derecho de admisión depende de la legislación de un País. Si eres de España esta se regula por real decreto. Aun que en su mayoría hace referencia a espectáculos, se aplica en cualquier establecimiento. Esta establece que se debe hacer visible en los accesos al establecimiento la política o requisitos de acceso. No pudiendo ser estos arbitrarios o de tipo discriminatorio (raza, condición sexual, etc.)

Vemos como lo enuncia la Ley 26.370

ARTICULO 4º — Derecho de admisión y permanencia: es el derecho en virtud del cual, la persona titular del establecimiento y/o evento, se reserva la atribución de admitir o excluir a terceros de dichos lugares, siempre que la exclusión se fundamente en condiciones objetivas de admisión y permanencia, que no deben ser contrarias a los derechos reconocidos en la Constitución Nacional ni suponer un trato discriminatorio o arbitrario para las personas, así como tampoco colocarlas en situaciones de inferioridad o indefensión con respecto a otros concurrentes o espectadores o agraviarlos.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas