Derecho de admisión en discotecas

Quisiera plantear la siguiente situación si esta dentro de la legalidad vigente o no.
¿Puede un portero de discoteca dejar pasar dentro de la discoteca a quién le de la gana, sobre todo chicas y conocidos y a otros obligarle a comprar la entrada? La discoteca se encuentra en Andalucía, no posee cartel donde indique los criterios de admisión ni nada.
Creo que se trata de un criterio arbitrario y discriminatorio sexual de las discotecas que va en contra de la igualdad que dice la constitución española.
¿Se podría interponer una reclamación en la omic del ayuntamiento? Ya que no quiero molestar a la policía para esto e ir directamente a poner la reclamación.

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El dueño de la discoteca fija sus directrices. Es como si fuera su casa: él la ha pagado o arrendado, y decide quién entra y quién no. Quién paga la entrada y quién entra sin hacerlo. Cómo deben vestir sus invitados o si quiere gente atractiva físicamente dentro (como ocurre en Madrid). Eres pobre, pero guapo, estas cachas y vistes de marca, entras en mi bar, de lo contrario, vete a otro. Si eres famoso, barra libre, porque me das prestigio.
      ¿Imagina qué haces una fiesta en tu casa? ¿Dejarías entrar a cualquiera, o a quién tú quieras? Aún pagando, hay gente a la que no querrías ver dentro. Tu cumples con todas las normas para organizar una fiesta en tu casa, pero de ahí a permitir que entre cualquiera a tu casa...
      ¿Te sientes discriminado porque un sitio de propiedad privada no te deja entrar? Si el Museo del Prado, publico y estatal, te deja fuera, es una cosa, pero si yo en mi casa te digo que tú no entras, no entras, y punto. ¿Razones? Basta el que no me salga de las narices.
      Ahora bien, si sientes que has sido discriminado por tu físico o vestimenta, contrata a un abogado y demanda al local. Pero como te decía, tú en tu casa, decides quién entra y quién no, lo que te dará pistas sobre el resultado de tu reclamación.
      Por favor, valora la información dada y cierra la pregunta.
Hola, quisiera plantear la siguiente situación si esta dentro de la legalidad vigente o no.
¿Puede un portero de discoteca dejar pasar dentro de la discoteca a quién le de la gana, sobre todo chicas y conocidos y a otros obligarle a comprar la entrada? La discoteca se encuentra en Andalucía, no posee cartel donde indique los criterios de admisión ni nada.
Creo que se trata de un criterio arbitrario y discriminatorio sexual de las discotecas que va en contra de la igualdad que dice la constitución española.
¿Se podría interponer una reclamación en la omic del ayuntamiento? Ya que no quiero molestar a la policía para esto e ir directamente a poner la reclamación.
Gracias
El que haga lo que le salga de los huevos no es ninguna base legal. La ley que regula esto dice:
"Hace algunos años era fácil encontrar carteles que bajo la leyenda "Reservado el derecho de admisión", limitaban el acceso del público a estos establecimientos a la libre elección del propietario del local. Hoy día debemos el derecho de admisión está regulado por ley (Ley 13/1999 de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía) y no puede establecerse arbitrariamente. De hecho, sólo puede establecerse una limitación del acceso al establecimiento en base a unas condiciones objetivas que tienen que ser aprobadas por la Administración que concedió la licencia de apertura del establecimiento (habitualmente el Ayuntamiento). Estas condiciones objetivas nunca pueden ser contrarias a los derechos reconocidos en la Constitución y no pueden suponer un trato discriminatorio o arbitrario para los usuarios, ni colocarlos en situación de inferioridad, indefensión o agravio comparativo con otros usuarios. Por tanto, cuando acudimos a establecimientos de restauración, y especialmente cuando se trata de un establecimiento donde se ofrecen espectáculos y/o actividades recreativas, debemos tener en consideración lo siguiente:
Las condiciones de admisión deben estar debidamente visadas y aprobadas por la administración que autorizó la apertura del local.
Dichas condiciones deben estar expuestas de forma legible en lugar visible de la entrada, así como en las taquillas o puntos de venta de entradas o localidades, en el caso de que se exija una entrada para el acceso.
También deben figurar las condiciones de admisión, perfectamente legibles, en la publicidad o propaganda del espectáculo o actividad recreativa que se ofrezca, y en la propia entrada o localidad."
Por tanto si hacen agravio comparativo con otras personas que van igual que yo y los deja pasar gratis, pues no cumple con la legalidad.
O pagamos todos por el servicio y no pagamos ninguno, eso es ser un negocio serio.
Todo lo que indicas es correcto (aunque sesgado), pero también lo que yo te he comentado a ti. Mira, yo no soy tan mayor, tengo 33 años y sigo saliendo de marcha con mi pareja y amigos. Y si, es cierto que en ciertos garitos, y según el criterio de un tío todo músculo y sin seso entras o no, pagas o no. Generalmente, dejan entrar gratis a las chicas, y cobran entrada a los chicos, pero se agradece, porque es la única forma de conseguir que haya un porcentaje, al menos similar, de chicos y chicas en el garito. Y a la vez, te dan la oportunidad de entrarle a una chica con la excusa de invitarla a una copa. Todo está estudiado, no te creas. Saben que la copa de ella la pagarás tú.
      No olvides que no deja de ser un establecimiento privado, aunque abierto al público. Y si tú tienes un restaurante, puedes invitar un día a comer a tus amigos, y eso no implica que si el resto de comensales se quejan debas invitarlos también.
      Tu me enumeras párrafos sueltos que has encontrado por internet, de la Ley 17/1997, de 4 de julio, sobre espectáculos públicos. Si fuese tan simple, no existiría un carrera de Derecho. ¡Total, cualquiera puede consultar las leyes! La cuestión es que lo que has leído se complementa con cientos de decretos, salvedades y jurisprudencia al respecto. Y por supuesto, hay que saber interpretarlo y saber en qué ámbito se aplican.
      Yo, en mi negocio privado, puedo elegir quién entra, quién paga y quién se queda fuera. Y te aseguro que poco o nada tienes que hacer contra eso.
      Ahora bien, si quieres contratar a un abogado y demandar, porque no te hayan dejado entrar a una discoteca... Te aseguro que tu demanda nunca llegará al Tribunal Constitucional, porque hay cosas más importantes que tratar, como SORTU. Ahora bien, si persistes y te quieres gastar 100.000 Euros y perder unos 20 años de tu vida...
      No te han dejado entrar a un pub, pues bienvenido al club. Tampoco pasa nada, de verdad.
      Por favor, valora la información dada y cierra la pregunta.

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