¿Puede un deudor quedarse con una parte de herencia?
Quisiera me ayudaran con el siguiente supuesto. Mi madre y hermanos tenemos una serie de fincas en propiedad, (adquiridas por medio de herencia), siendo mi madre usufructuaria de los bienes. Uno de mis hermanos contrajo deudas con un proveedor de mercancías, al cual, se le instó en todo momento que cobraría su dinero. Este acreedor realizó una nota preventiva de embargo por la parte que le corresponde a mi hermano sobre una de las fincas (la de mayor valor). Ahora dice que no quiere el dinero, que lo que quiere es recibir la herencia, es decir el porcentaje de mi hermano,¿es posible?, ¿Es legal que no quiera aceptar la cancelación de la deuda previo pago de la misma y por ello quedarse con su parte de la hacienda?, en caso de quedarse con la parte de la herencia, ¿solo cobraría lo que le debe y el resto se reparte entre los demás?.