Cuál será la nómina con alta impugnada?

El día 29/08/2016 mi pareja tuvo un accidente laboral in itinere, mucho dolor en cuello y costado-espalda, fuimos a la mutua y le hicieron radiografías (solo salieron dos, el resto como no lo acostaron no salieron) y le trataron el cuello, relajantes musculares y calmantes, a los dos días control y al tercer día fisioterapia.

El cuarto día acude a fisioterapia en la mutua pero doblado por la mitad con fuertes dolores en la espalda, pinchazos de corticoides y calmantes y a casa. Viene el fin de semana y el lunes cuando acude a la mutua le dan el alta aunque él refiere que sigue teniendo dolores en la espalda pero le dicen que es su dolor habitual en la zona lumbar, cuando el dolor está localizado a 12-15 cms mas arriba de su dolor habitual.

Él siempre que ha tenido un accidente ha pedido cuando se sentía bien el alta porque le preocupa su trabajo y le gusta ser cumplidor pero en esta ocasión y teniendo en cuenta que en su trabajo debe subirse a un todoterreno y dar botes con el por las fincas de monte no estaba para trabajar, además de que no podía ni siquiera hacer vida normal.

Pedimos informe médico e impugnamos el alta por recomendación de la mutua nueva que empezó a trabajar el 01/09/2016, ellos tienen 11 días para contestar y apenas hoy le llamaron para que un médico del INSS lo viera, por supuesto él todos estos días ha estado haciendo reposo relativo, fue a un fisioterapeuta privado, estuvo poniéndose calor, etc y hoy ya está bien, hace días que quería pedir el alta pero era imposible hasta que esto se resuelva, le han dicho que mañana llame para ver que deciden en consejo.

Mi pregunta es la siguiente: Teniendo en su nómina una base de cotización AT y EP de 3087.54 y teniendo en cuenta todo el follón de los días de baja luego de la impugnación cuánto le van a descontar de la nómina? En teoría y según el convenio debería cobrar un 100% pero entre saber si el INSS le da la razón a la mutua o no nos perdemos en lo que le van a descontar y lo que no.

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Respuesta

Si en su convenio le marca un 100% la mutua pagara un 70% y hasta completar la base de cotización de contingencias comunes el 100% la empresa si cuando llegada la fecha de cobro habitual no ingresan presentar reclamación a la mutua y si no pagan denunciar a inspección de trabajo

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