Estando en Concurso de acreedores, ¿Puedo trabajar en otro sitio mientras?

Resulta que mi empresa nos dejo de pagar las nominas en enero de 2016, en junio entramos en concursonde acreedores, y hasta la fecha todavía no se ha resuelto nada, aun no nos han despedido ni nos han pagado nada desde diciembre. La fecha de juicio la tengo para noviembre de 2017. La cuestión es que no tengo ningún ingreso ya que tan poco nos dan los papeles del paro. Es una situación miy complicada.

Me han salido varios trabajos los cuales he ido rechazando por temor a perder la indemnización, y el otro día hablando con un amigo graduado social, me dijo que podía trabajar en otro lado sin perder mi antigüedad en la empresa que no me paga.

El final se cual es de todo esto. Se resolverá llendonos al fogasa y cobrando 4 meses de nominas más la indemnización. Me gustaría sabber si no incumbe el que me vaya a otra empresa para después poder cobrar el fogasa.

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Entiendo que si no coincide el otro trabajo con tu horario laboral en la empresa ( porque mientras no te despidan tienes obligación de asistir a tu puesto de trabajo aunque no tengas tarea) no tienes ningún problema. El tema está en que si te correspondieran salarios de tramitación por despido improcedente, de estos salarios te descontaran lo que hayas cobrado en tu otro trabajo. Es decir si te correspondieran 6000€ por salarios de tramitación y hubieras ganado 5000€ en tu otro trabajo, sólo te abonaran 1000€. Por otro lado la deuda la tienes con esa empresa y es la que te tiene que pagar y si no puede es fogasa la que se hace cargo hasta los topes que tiene determinado.

Tengo un docume to el cual nos facilito mi jefe diciendo que no teníamos que ir al puesto de trabajo ya que no había trabajo. Y de esta manera ahorraríamos en gasolina para el desplazamiento hasta el mismo. Ahora bien no me queda claro una cosa... si entroa trabajar seria en el mismo horario que tenia antes. Tenemos claro que el sieldo nos lo pagara el fogasa ya que no hay dinero para nada. De hecho un compañero ya salio de este enfangado por que su juicio fue muy rápido y esta esperando el certificado de insolvencia que ñe tiene que proporcionar la administración concursal. Mi siguiente pregunta... si me deben desde enero y el fogasa paga solo 120 días... ¿el fogasa que me paga los últimos 120 días o los primeros? ¿Ya qué si me paga los últimos 120 días si que se me descontaría de los salarios de la nueva empresa no?

Fogasa paga los últimos 120, pero una cosa es la deuda que tiene reconocida contigo y otra los salarios de tramitacion. Estos salarios son desde que te despiden y hasta que sale la sentencia y en caso de despido improcedente y por un importe idéntico al que hubieras estado trabajando. De ahí es de donde Fogasa descontaría, no de los salarios que te adeuda la empresa. De todas maneras, una persona puede estar pluriempleada y las relaciones con una empresa nada tienen que ver para con la otra

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