Estoy obligado a pagar la instalación del ascensor
En mi edificio han convocado una reunión extraordinaria para someter a votación la instalación del ascensor, yo poseo en ese inmueble un local comercial el cual ni siquiera tiene acceso al portal. La pregunta es si estoy obligado a pagar algún tipo de cuantía para la instalación de un elemento el cual no voy a utilizar.
Me gustaría saber que ley o articulo lo rige para poder ir a dicha reunión con algún argumento.
Respuesta de EE Consultores y Asesores
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Respuesta de Isabel Irigoyen Graciarena
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Respuesta de Isaguiver Mongar
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Entiendo que el local si paga el tejado, como elemento protector común y la propia estructura, así como otras instalaciones comunes, como bajantes y saneamiento. También otros gastos comunes como administrador, comisiones bancarias,... por ejemplo, pero no servicios individualizados o individualizables o con uso exclusivo de unos propietarios (con acceso a los mismos), como puede ser una piscina, ascensores u otros que sean de uso exclusivo para algunos comuneros. Creo que no puede perjudicarse claramente a un propietario o un grupo de ellos. - quando