¿Tengo derecho a pedir dos días libres?
Os comento.
Mi cuñada está embarazada, y me preguntaba si tengo derecho a dos días libres. Supuestamente el medico la dijo que se espera que nazca mañana día 5.
Os dejo parte del convenio de mi empresa. Gracias
Artículo 46 Licencias Los trabajadores afectados por este Convenio colectivo tendrán derecho al disfrute de licencias sin pérdida de la retribución, en los casos y con la duración que a continuación se indican en días naturales: a) Matrimonio del trabajador / a, diecisiete días. El trabajador / or a podrá disfrutar continuamente de la licencia de matrimonio y las vacaciones anuales, siempre que lo solicite a la empresa con una antelación mínima de dos meses. B) Durante dos días, que podrán ampliarse hasta un máximo de cuatro cuando el trabajador / a necesite realizar un desplazamiento al efecto, en los casos de parto de esposa o adopción, o de enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario o fallecimiento de cónyuge, hijos de ambos, un u otro cónyuge, padre, madre, nietos, abuelos o hermanos de uno u otro cónyuge. En caso de enfermedad o intervención grave, este permiso se podrá disfrutar dentro de los siete días desde el hecho causante incluido.
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