¿Tengo derecho a pedir dos días libres?

Os comento.

Mi cuñada está embarazada, y me preguntaba si tengo derecho a dos días libres. Supuestamente el medico la dijo que se espera que nazca mañana día 5.

Os dejo parte del convenio de mi empresa. Gracias

Artículo 46
Licencias
Los trabajadores afectados por este Convenio colectivo tendrán derecho al disfrute de licencias sin
pérdida de la retribución, en los casos y con la duración que a continuación se indican en días naturales:
a) Matrimonio del trabajador / a, diecisiete días. El trabajador / or a podrá disfrutar continuamente de la licencia de
matrimonio y las vacaciones anuales, siempre que lo solicite a la empresa con una antelación mínima de dos meses.
B) Durante dos días, que podrán ampliarse hasta un máximo de cuatro cuando el trabajador / a necesite realizar
un desplazamiento al efecto, en los casos de parto de esposa o adopción, o de enfermedad grave, hospitalización o
intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario o fallecimiento de cónyuge, hijos de ambos, un
u otro cónyuge, padre, madre, nietos, abuelos o hermanos de uno u otro cónyuge. En caso de enfermedad o intervención grave,
este permiso se podrá disfrutar dentro de los siete días desde el hecho causante incluido.

1 respuesta

Respuesta
1

No soy experta en derecho laboral. Pero leyendo tu convenio de ve que para nacimientos sólo menciona permiso de dos días en el casi de cónyuge. Así que no te corresponde nada por el parto de tu cuñada

Hola, gracias por contestar. También indica entre otros casos hospitalización y tras todo embarazo la madre queda ingresada unos días. Con lo cual creo que puedo acogerme, es la duda que tengo. 

Yo tengo convenio de oficinas y hospitalización es por intervención o enfermedad. Supongo que no te aclarará mucho pero no puedo decirte más. Como te dije no soy experta en eso. Lo siento.

Y que vaya todo bien.

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