Entrar en españa estando casada con español con la tarjeta de residencia cumplida

Estoy casado con una brasileña desde hace 9 años. Ella ha estado los últimos 4 años en Brasil y no ha renovado su tarjeta. Ahora quiere volver a España. ¿Puede tener problemas para entrar?, (Sigue casada conmigo y yo soy Español)

Respuesta
1

Le informamos que en caso de que la tarjeta de residencia de su esposa haya sido de tipo permanente, podrá solicitar su recuperación. Ello teniendo en cuenta que su tarjeta se encuentra actualmente caducada y fuera del plazo de renovación.

Para ello, será necesario acreditar la existencia del vínculo familiar de matrimonio, así como también que su anterior residencia comunitaria era de tipo permanente.

En caso de que la residencia haya sido inicial y no permanente, entonces no habrá posibilidad de recuperarla, ya que la tarjeta se encuentra caducada y fuera del plazo de renovación.

De todas formas, su esposa podrá solicitar una nueva tarjeta comunitaria por ser casada con ciudadano español. Además, a partir del primer año de residencia legal en España en constancia de matrimonio, su esposa podría optar a la nacionalidad española (plazo abreviado por ser casada con español).

Para mas información, consulte los siguientes enlaces:

http://tolentinoabogados.com/index.php/es/ciudadanos-comunitarios/residencia-comunitarios/tarjeta-de-residencia-de-familiar-de-ciudadano-de-la-union 

http://tolentinoabogados.com/index.php/es/informacion/145-recuperacion-de-la-residencia-de-larga-duracion 

http://tolentinoabogados.com/index.php/es/informacion/131-nacionalidad-por-residencia 

Muchas gracias por su pronta respuesta. ¿Puede entrar entonces con el libro de familia?

Su esposa tendrá que justificar su ingreso a España con el fin de reagruparse a su cónyuge español. Presentando pasaporte vigente, certificado de matrimonio y libro de familia, copia de DNI y empadronamiento de usted, su esposa no tendrá ningún problema.

¡Gracias! 

Nos es grato saber que nuestro servicio le es de utilidad.

Si la respuesta le ha parecido correcta, puede por favor realizar la correspondiente valoración.

Saludos cordiales,

Tolentino Abogados

www.tolentinoabogados.com

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas