Si fue a título Oneroso, sería el transmitente el obligado, pero como han habido cambios en las leyes con la Plusvalía, han realizado excepciones y en algunos casos ya no se paga. Han dejado las Leyes a interpretación de cada ayuntamiento. En tú caso, lo que sugiero, es acudir a tú ayuntamiento con el título de adjudicación por subasta y confirmar que está exenta de este impuesto por este motivo.
Es que, como le indico, puede variar dependiendo de su ayuntamiento y lo más rápido en ese caso, es acudir a él para que le indiquen. Pero seguramente y por el caso que es, entra en la nueva ley y quedará exenta.
Espero tengas suerte y no te toque hacer frente a ti el impuesto. Si llegase a considerarse una compra a título lucrativo, sí que pagarías, pero no creo sea el caso, lo veo más bien onerosa.