Funcionario de la administración local intervenido quirúrgicamente por vasectomía

Soy Policía Local y estoy de baja tras haberme realizado una vasectomía. Quisiera saber si por esta intervención quirúrgica durante los días de baja me retienen algo del sueldo o si por el contrario me deben de pagar el 100% al tratarse de una intervención quirúrgica. Soy funcionario de un pueblo de Andalucía el cual no tiene regulado este tema.

Respuesta

Yo entiendo que esa baja es mediante la seguridad social y no por la mutua ya que no es enfermedad o accidente de trabajo, por lo cual seguramente no cobrará el 100%.

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Respuesta

Yo también soy funcionario de la administración local en mi caso en Madrid, te paso una guía de CSIF con la que seguramente puedas aclarar tu duda.

https://web.ua.es/es/csif/documentos/guia-bajas-it.pdf 

Te diré que donde yo estoy se esta pagando el 100% por ser intervención quirúrgica, pero en el municipio que tengo junto al mío por ejemplo concretamente con la vasectomía no pagan el 100%, por interpretar el jefe de personal que no es una cirugía reparadora sino que la asemeja a una cirugía estética (cada municipio es un mundo, pero yo trataría de hacer entender al jefe de personal que se trata de una cirugía encuadrada dentro de la cartera de la seguridad social y que debe cubrir tu nomina en un 100%, el día de la operación y los días de convalecencia).

No es lo mismo Francisco, pero te pongo mi ejemplo... jugando a Pádel me partí el menisco interno, lo cual me provoco que causara baja en Mayo, pues bien, al terminar la baja en intervención quirúrgica, me tuvieron que devolver el dinero que me habían descontado en el mes de mayo, por terminar la baja finalmente en operación. Tampoco se me aplico ningún tipo de descuento en los meses sucesivos en los que estuve en recuperación. No obstante me imagino que estarás afiliado a algún sindicato, habla con el y léete el EBEP que es de aplicación para todos los funcionarios incluso los que como nosotros pertenecemos al ámbito local. Si tienes algo en convenio que lo mejore pues genial, pero no puede ser menos que el EBEP.

Amplio un poco más la respuesta

http://www.seg-social.es/Internet_1/Normativa/097419#documentoPDF 

5.3.7.3 Realización de ligaduras de trompas y de vasectomías, de acuerdo con los protocolos de los servicios de salud, excluida la reversión de ambas.

Aquí puedes consultar la cartera de la seguridad social y contempla de forma explicita las vasectomías.

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