¿Es obligatorio el uso de cable libre de halógenos?

He adquirido una casa antigua en un pueblo de Orense y aunque tengo bastantes conocimientos en electricidad no me dedico a las instalaciones domesticas por eso tengo 3 preguntas.

1. Es obligatorio usar cable libre e halógenos.

2. Es obligatorio instalar protector de sobretensiones en el cuadro eléctrico en esta comunidad (Galicia).

3. ¿La ubicación del contador la determina la compañía eléctrica o es consensuada?

3 respuestas

Respuesta
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Yo también te contestaré en el mismo orden que Francisco Poveda Ginzo (aunque discrepe con él):

TODAS las Derivacines Individuales (cable entre el contador y el cuadro de la vivienda) tienes que ser SI O SI libre de halógenos POR NORMATIVA. Es más, si va enterrado además tiene que ser aislamiento 0,6/1kV.

El resto de la instalacion interior, para vivienda, es indistinto (claro que si se produce un incendio y muere alguien por el humo ... te preguntarás por qué no lo pusiste libre de halógenos, máxime con la poca diferencia de precio que hay).

Respecto a la protección de sobretensiones. ... ¿Cuál de las dos (permanentes o transitorios)? En algunos casos y con algunas Cías Distribuidoras son obligatorias.

El módulo de contadores tiene que estar, también SI O SI en el límite de la propiedad y de la vía pública (en tu caso). Normalmente la Cía Distribuidora te indica la posición, aunque tendría que ser consensuado. Claro que también puedes ponerlo donde te plazca (siempre que sea en el límite indicado) pero luego no te quejes si te cobran un pico por llevar su línea hasta allí.

Respuesta
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Voy a contestar a tus preguntas, en el mismo orden:

- Me parece una tontería.

- Lo mismo digo, salvo que en Galicia las normativas lo exijan. Lo desconozco.

- El contador uno lo puede poner donde quiera, siempre y cuando esté en lugar accesible al personal de la compañía eléctrica. Y, repito, salvo que en Galicia sea distinto, lo cual también desconozco. ¿Por qué no se lo preguntas a ellos?

Respuesta

Si me dan a elegir me quedo por supuesto con la respuesta de Alfonso Allende Junquera

En principio el uso de cables libres de halógenos se obliga, como te ha indicado el compañero, a todas las DI y, por supuesto a los locales de publica concurrencia. No obstante, como bien indica en su respuesta, por la diferencia de precio, hay que ser muy miserable para no utilizarlos en el resto de casos (desgraciadamente este país se basa siempre en mínimos y así a veces nos luce el pelo).

En cuanto a la ubicación del contador lo marca la ITC BT 13 y 16 y esta claro que se indica que debe ser en el limite de la propiedad (aunque habla de consensuado entre suministradora y propiedad) aunque es cierto que el apartado 4 de la ITC BT16 abre otras posibles ubicaciones en caso de contadores de telegestion. No obstante en este tema además están las normas particulares de la empresa suministradora que marcan las preferencias de la misma en las instalaciones que gestionan, así que dentro decla normativa general se establecen estas particularidades

https://www.google.es/url?sa=t&source=web&rct=j&url=http://www.f2i2.net/documentos/lsi/rbt/ITC_BT_13.pdf&ved=0ahUKEwiq7b_P5evQAhXRERQKHXL6CQ8QFggaMAA&usg=AFQjCNGbT9jKaQeFFG1lVoBR5FJD2INVHg 

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