Indemnizar póliza de vida no firmada
En el año 2011 compré mi vivienda la cual como la mayoría tiene como condición bancaria adjunta un seguro de hogar y de vida. En el año 2014 sufrí un infarto agudo de miocardio, al mirar las condiciones de la póliza vi que tenía derecho al 50% de la cantidad restante en caso de invalidez, sin especificar cual de ellas, en la parte inferior de la póliza me remite a las clausulas de la parte trasera para ver las condiciones de un par de puntos, en una derivación de ellas me encuentro sin sobre impresionar ni en letra negrita que debe ser una incapacidad permanente absoluta y no total que es mi caso. El problema surge cuando veo que la póliza no esta firmada ni consentida en ninguno de sus campos, el día de la firma de la hipoteca no estuvo presente ningún representante de dicha entidad por lo que no se llevo a cabo el trámite. Me puse en contacto con ellos solicitando dicha compensación y se niegan remitiéndome a las clausulas limitativas, hice solicitud de la póliza firmada y me mandaron la declaración de salud marcándome tres casillas, si había tenido alguna operación quirúrgica o estaba en proceso de tener alguna, mi firma y la fecha de la firma 19/07/2011. Visto esto que me pareció curioso procedí a enviar un burofax premium para solicitar nuevamente dicha póliza, y la respuesta fue doblemente curiosa, me enviaron un duplicado de la póliza por supuesto sin firmar pero aquí viene lo curioso del asunto, ese día me dio por ingresar en la web de la compañía y me encuentro un apartado nuevo " servicio de contratos telemáticos", con la curiosidad de que fue publicada en la web el mismo día de la recepción del burofax, ¿curioso no?. Al ver esto he procedido a poner una hojas de reclamaciones contra la compañía exponiendo todo esto y al mismo tiempo solicitando que me enviasen el certificado de dicho contrato telemático que ellos en sus condiciones se auto comprometen en enviarte y no lo han hecho, que me expliquen por que de la publicación el mismo día de la recepción del burofax, y finalmente amparándome en esa publicación por si acaso aunque estoy seguro de que no firme ni acepté nada telemáticamente, solicité el desistimiento de dicho contrato. En la respuesta de dicha reclamación se remiten nuevamente a lo que dice la póliza y no me comentan nada de mis preguntas no aceptan ni comentan nada del desistimiento y tampoco la publicación en la web el día del acuse de recibo de la reclamación del contrato telemático. He encontrado una jurisprudencia contra la misma compañía con el mismo trasfondo, y el supremo dio la razón al demandante por considerar que la clausula limitativa chocaba con las condiciones generales al no especificar esta cual debía ser el grado de discapacidad y en caso de duda la ley del consumidor dice que siempre la mas ventajosa es la que se aplica al consumidor, la diferencia es que en ese caso la póliza si estaba firmada, y como les digo ganó el consumidor y tuvieron que indemnizarlo al 100%. Después de esto han seguido pasándome y yo pagando todos los recibos desde la solicitud de desistimiento, ¿se puede considerar el haber pagado religiosamente durante estos casi seis años que el documento tiene la validez de uno firmado o solamente se podría optar a la nulidad del contrato o se podría conseguir la indemnización visto lo visto?, el importe solicitado sería de 54.500 euros el 50% de lo que me queda de hipoteca. ¿Qué opinan ustedes?.