Repercusión del pago de la plusvalía en la declaración IRPF

Mis padres murieron en 2012 y 2013 respectivamente. Realizamos todos los trámites de herencia excepto la escritura de reparto de herencia. Pagamos al ayuntamiento 6300€ entre los tres hermanos de plusvalía por el piso, por consejo del abogado. Posteriormente hemos sabido que de haber esperado 4 años, habría prescrito.

Nos advirtieron que ese impuesto repercutiría en la declaración de la renta del año de la venta. Y esperamos que así sea.

Ante las dificultades de vender el piso, mi hermana se quedó con él y para ello hicimos la escritura de reparto ante notario, pero sin transmisión, a cambio del pago de un dinero, para evitar el impuesto de transmisiones patrimoniales a mi hermana. Es decir se quedó con el piso en el reparto de herencia.

Lo que quisiéramos saber mi hermano y yo es si en la declaración de 2017, podemos los que hemos cedido nuestra parte, incluir este impuesto y cómo y en qué apartado se incluiría.

1 Respuesta

Respuesta
1

Si como parece, lo que han hecho es la extinción del condominio para no tributar como ganancia patrimonial no podrán deducir ese IIVTU (plusvalía municipal) en su declaración de IRPF.

No se ha hecho extinción de condominio, porque no se había escriturado el reparto de la herencia.

Se hizo el reparto de la herencia incluyendo a mi hermana heredera del piso a cambio de un dinero que le dimos los otros dos hermanos, al ser un bien proindiviso.

Lo que queremos saber es cómo podemos beneficiarnos de algún modo del  IIVTU que pagamos anteriormente al reparto de la herencia. En el momento de pagar ese (por cierto) elevadísimo impuesto municipal nos informaron de que se podía incluir en la declaración de la renta cuando el piso se transmitiera de nuevo. No sé si los dos hermanos que lo pagamos y lo hemos transmitido a título oneroso a nuestra hermana lo podemos incluir en la declaración, ya que en realidad hemos sufrido una reducción patrimonial, siendo que cuando lo heredamos, y suponemos que debido a la crisis, su tasación era superior a la tasación de la escritura de reparto de herencia.

¿En qué parte de la declaración del IRPF se incluyen los incrementos o reducciones patrimoniales?

No sé si me he explicado bien. No entiendo muy bien los términos legales. Gracias.

Para poderle contestar con garantía de acierto habría que ver los documentos generados en las situaciones que describe, si han cedido a titulo oneroso sus derechos eso de por si produce una ganancia/perdida patrimonial que deberña consignarse en la declaración de IRPF, y si hay ganancia, podrá deducir el importe del IIVTU pagado.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas