La baja la podrás coger desde el primer momento en que el embarazo te esté afectando a la salud, o desde que el trabajo interfiera con el embarazo. En el primer caso será una baja a cargo de la seguridad social, y en el segundo será una baja por riesgo durante el embarazo, que irá a cargo de la mutua.
En el primer caso cobrarás de acuerdo con los porcentajes de una incapacidad común normal, y en el de la mutua el 100% de la base de cotización. Las cifras dependerán de lo que vengas conbrando hasta ahora.
En principio, si no sientes molestias, podrás seguir trabajando hasta que llegue el momento de dar a luz. Eso depende de cada embarazo.