No se a que te dedicas, pero en todo caso habría que acudir al Convenio Colectivo a ver si mejora las condiciones establecidas en el Estatuto de los Trabajadores. En este caso, de acuerdo con el Estatuto de los Trabajadores, artículo 37.3.b), te pertenecen:
- 2 días por hospitalización de tu hija
- 2 días por hospitalización de tu nieto
Como indica el artículo mencionado, se aplica sobre parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, en este caso, tu hija se encuentra en primer grado y tu nieto en segundo grado. Si tuvieras que desplazarte a otra localidad (o alrededor de 200km ida y 200km vuelta) se podría ampliar el permiso a 4 días por tu hija más 4 días por tu nieto.
Es importante aclarar que:
- No tienes que comenzar el permiso el primer día de la hospitalización, sino que puedes disfrutar en cualquier momento mientras dure la hospitalización, salvo que el convenio fije cuándo se tiene que iniciar. El alta hospitalaria no supone el fin del permiso, si no hay alta médica ya que el familiar puede permanecer en reposo en su propio domicilio.
- El permiso retribuido es por cada hospitalización y por cada familiar, es decir, te corresponde la suma de los dos permisos, y podrás decidir mientras que estén hospitalizados cuando disfrutarlos. Imagina que tu hija está 4 días y quieres disfrutar los 2 últimos (si no tienes que desplazarte) y que tu nieto está en la incubadora 10 días, podrías elegir en ese período que 2 días pedir tu permiso.
- Los días tienen que ser seguidos, a no se que tu Convenio mejore estas reglas.
Saludos !