La ley es muy clara.
Una persona puede dejar su herencia a quien quiera o como quiera. Pero siempre respetando los derechos establecidos.
Sin hijos, ni ascendientes, puede dejar su herencia como guste, pero... respetando el usufructo de un 33% que es para el conyuge, y respetando las legítimas.
Artículo 806: "La legítima es la porción de los bienes de la que el testador no puede disponer, por haberla reservado la Ley a determinados herederos, llamados por esto herederos forzosos".
Artículo 807: "Son herederos forzosos:
- Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
- A falta de los anteriores, Los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.
- - El cónyuge sobreviviente.
Como verá, la legítima va por orden. Si hay hijos, es para los hijos. Si no hay hijos, pasa a los padres. Si no ha hijos ni padres, pasa al cónyuge.
Y aparte, el usufructo mínimo de un tercio de la masa hereditaria.
Cuando vea el testamento, comprobará que el notario (que vela por la ley), ha reservado para el viudo el usufructo y la legítima.
Es la ley.