Entendiendo que se trata de vivienda social que en su día fue facilitada y posteriormente puesta en venta por el Instituto de la Vivienda de Madrid y que sus padres se acogieron a comprarlas... Efectivamente se pueden comprar y después escriturar a nombre de los designados como compradores.
El problema sería que los compradores que le consta al Ivima son sus padres y que si la compra ya se efectuó ante notario,( no me refiero al pago completo ), serán ellos quién recen en las escrituras, en el Registro de la Propiedad y en el Catastro. Dicho esto y si ellos son los titulares, para pasar la vivienda a su nombre debiera de proceder de una de las dos formas :
O bien ud la compra fijando un precio que pagará simbólicamente o no,(nunca por debajo de valores dados por hacienda o catastrales), a sus padres, pero que ellos tendrán que tributar a la Ag. Tributaria como recibido y ud pagaría el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales de la vivienda mas gastos de notaría, registro de la propiedad etc... para ser puesto y escriturado a su nombre.
O ellos le donan en vida la vivienda, (se la regalan) y ud paga el Impuesto de Donaciones por lo recibido... e igualmente notaría, registro etc para su escrituración.
Siendo un tanto curiosas la vivienda por ser compradas al Ivima, lean el contrato de compra de sus padres con Ivima o consulten el caso con esta entidad por si entrara en posibilidad de que si aún no están escrituradas,(aunque sus padres estén en ello), pudiera pasar a petición a su nombre u obtener alguna ventaja en la escrituración y sus impuestos.
Un cordial saludo.
.
.