Que me puedo llevar en un desahucio

Hace 5 años a mi padre le embargaron la casa y hizo una dación en pago, le pusieron un alquiler altísimo el cual no ha podido pagar y ahora que se ha acabado el contrato le ha llegado una carta del lanzamiento para el día 9 de abril, resumiendo que lo echan a la calle. Mi pregunta es que se puede llevar de la casa, estamos pensando en deamontar los muebles, lámparas, cocina y puertas, lo que no se es si me puedo llevar las ventanas los tapajuntas, el techo que es desmontable, etc.

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Respuesta

El continente (sanitarios, puertas, ventanas, techo...) es, como su nombre dice, parte del piso y por tanto pertenece al propietario.

Del contenido (muebles lámparas, electrodomésticos...) Puede lllevarse lo que sea suyo.

Todo esto, salvo que en el contrato de arrendamiento, se especifique algo diferente, como por ejemplo que TODO, incluyendo muebles, es del propietario del piso.

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