¿Habría que votar de nuevo un proyecto que ha sido modificado o cambiado cuatro veces en una comunidad de propietarios?

Se trata de una obra de envergadura, en la que fué aprobada en un primer momento de forma torcera, porque sólo se tuvierón en cuenta los votos a favor de los asistentes a la reunión, pero no así los coeficientes de pariticipación de los asistentes a dicha reunión. Se presentó un proyecto cuando ya se tenía hasta la liciencia de obras para comenzar dicha obra. No llegó a llevarse acabo porque muchos de los que votarón a favor de la obra, cuando llegó la hora de pagar no pagarón, porque el importe era elevado y había quién no podía sufragar ese gasto. Total que pasa un tiempo y nos presentán otro nuevo proyecto, el cuál no tenía ni pies ni cabeza pero eso sí, en esta ocasión también se tenía ya la licencia de obra, vamos que la ví sellada y firmada, como he comentado era tal el desprósito que se pretendía hacer que después de mucho discutir no se llevó acabo. Al año siguiente, nos presentán un tercer proyecto, en el tampoco se llega a un acuerdo para poder llevar acabo la obra, que también es presentado con su correspondiente liciencia. Como un vencino tenía unas dudas sobre los materiales que iban a usarse en el proyecto para una puerta, luego ya en el ayuntamiento nos dijerón que no obligatoria hacerlo así, ya había otro tipos de puertas en la misma calle, el arquitecto del ayuntamiento dijó, que cuando se vuelve hacer un proyecto anterior inválida a los anterios y pregunta es de ser así, ahora que vamos por el cuarto proyecto con otro nuevo arquitecto porque los tres anteriores los hizó el mismo. Ahora quieren los señores presidentes de los portales aprobarlo en las juntas de presidentes sin que nos enteremos los vecinos, sin ver el proyecto que ya está hecho y presentado a los presidentes pero no a los vecinos, ni sabemos la cuantía, ni creo que puedan obligarte a pagar algo de lo que uno no tiene conociemtno y máxime cuando el importe podría sobrepasar tres veces las coutas mensuales. Mi duda si este cuarto proyecto y como dicen en el ayuntamiento anula a los anteriores, si habría que votarlo de nuevo. Por ejemplo, para que veaís lo que se prentende hacer, en mi portal se le ha dicho, que mientras no sepa que proyecto es o lo que se va a hacer que no se paga nada, por el presidente pretende pagar por adelantado una cantidad x de dinero, no todos en mi portal estamos de acuerdo y va miendo y diciendo que lo estamos. Ya hemos tenido una trifulca bien gorda. Más tarde se enterá un vecino de que pretende aprobar el proyecto y pagar la obra a las espaldas de los vecinos.

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Lo que quiero saber es si conseguimos llegar a una junta de propietarios y que se trate el asunto de ese cuarto proyecto, si debería votarse de nuevo.

Los que convocan la Junta son los que deciden el orden del día. Si ustedes quieren que se vote de nuevo el asunto (que, por supuesto, sería lo correcto), incluyen en el orden del día un punto parecido a:

- Presentación y aprobación, si procede, del proyecto de obra correspondiente a (...)

(...) --> una breve descripción del objetivo de la obra

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Sin perjuicio de la amplia respuesta dada por poliplos en otro hilo y cuya lectura le recomiendo, mi opinión es la que sigue:

En general, toda oposición realizada fuera del protocolo legalmente establecido para oponerse a acuerdos de Junta es un esfuerzo estéril. Por tanto le recomiendo que siempre siga los pasos adecuados en el momento procesal oportuno. Todo lo demás está abocado al fracaso.

En su caso concreto: cuando los Presidentes se reúnan para aprobar ese 4º proyecto le enviaran a usted un acta. En cuanto la reciba debe usted mostrar de forma fehaciente su oposición a dicho acuerdo en el plazo de 30 dias desde la recepción del acta, en base a los motivos que usted considere (no haber podido examinar ni presupuesto ni proyecto técnico... etc). Si no le envian acta espere a que le reclamen el pago, una vez lo hagan, envie burofax informando de que no procederá usted a realizar pago alguno sin justificación documental del acuerdo de Junta, e informando de que no ha recibido usted el acta en la que se refleja el acuerdo que le obliga a pagar. Si después de esto le mandan el acta muestre oposición al acuerdo por escrito.

Posteriormente, si ante su oposición no rectifican convocando debidamente una nueva Junta y facilitando ANTES la información técnica y económica necesaria para que se pueda usted formar un juicio informado acerca de las obras que se pretenden realizar, debe usted acudir al Juzgado e interponer demanda en un plazo no superior a 3 meses (aunque hay casos para los que existe plazo de un año). Si no está usted dispuesto a ir a juicio mejor no inicie la protesta. Tenga en cuenta que es posible que su seguro de hogar le cubra honorarios de abogado, revise la garantía de defensa jurídica a ver qué dice al respecto, y tenga tambien la seguridad de que si el acuerdo ha sido adoptado de forma ilegal usted ganará ese pleito.

Insisto: cualquier reclamación que no se realice de forma decidida y por los cauces previstos será infructuosa. Usted protestará mucho y tendrá problemas con vecinos, pero acabará soportando la obra y soportará su coste. Si usted decide protestar debe hacerlo siempre formalmente, por escrito y de forma decidida.

La información que me ha llegado, es que han echo ya varias reuniones de presidentes y no nos han mandado ningún acta, informando de todo lo que se esta haciendo, de la última que han hecho,  el arquitecto les ha presentado el proyecto a los presidentes, uno de ellos dice que lo que  se pretende es que el proyecto se haga, lo que quieren es que en vez de pedir una derrama extra para esa obra como se debería hacer,  que es del presuesto  que tenemos en cada portal para afrontar los gastos de luz,agua, ascensor, gasoil, etc.... adelantar una cantidad "X" de dinero sin  que los vecinos nos enteremos, cuando los vecinos nos enteremos es cuando ya se estén llevando acabo las obras. Tanto es así, que a mí me tocaba la presidencia de mi portal y para  que no pueda impedir esos pagos no se me ha pertido acceder al cargo, poniendo el actual presidente del portal que ya lleva tres años una escusa.

Mi pregunta era si ese proyecto el cuarto debe votarse otra vez, puesto que ya ni es el mismo arquitecto. Y si ocurre lo que le acabo de comentar, sino te mandan el acta ni tampoco te pasan la orden de pago de esa obra. Como reclamamos, cuando veamos a los albañiles, que vamos a tener que llamar a la policía para que no comiencen las obras. Es que ya está bien. Antecendentes tenemos, se cortó un arbol y el presidente de mi portal el que le tocaba, firmó una autorización sin decirnos nada a los vecinos, cuando el portal entero estaba encontra de cortar ese  árbol. Esta comunidad es peor que la de la tele, me preguntó yo que beneficio saca él presidente y el administrador no de mi portal sino el presidente general de los seis portales. Administrador que por cierto, quiere meter las narices en los asuntos de mi portal y no pinta nada. 

Después de esto, no aconseja la vía judicial o no, porque esto para mí es un abuso de poder y una malversación de fondos.

Las modificaciones sustanciales de proyectos deben volver a votarse, especialmente si suponen una alteración significativa de costes. Si los órganos de gobierno de la comunidad está actuando por la vía de los hechos, usted también debe actuar. Si se le pasan los plazos sin que haga nada todo quedará en una pataleta.

Le aconsejo solicitar junta al presidente con punto en el orden del dia: "Renovación de cargos comunitarios". Si no le hace caso busque apoyos (el 25% de los propietarios, solo 1 de cada 4) y convoque usted la Junta. Si logra los apoyos convoque junta, cese al presidente y proponga su candidatura. A partir de ese momento podrá usted participar en el proceso de las obras y controlar que todo se haga por los cauces correctos.

Si no logra apoyos es que la mayoría no está de acuerdo con usted, por lo que solo le quedaría la acción individual. En ese supuesto le recomiendo enviar burofax a presidente solicitándole copia de todas las actas de Juntas a las que usted no asistió. Si se las envia tiene usted 30 dias para oponerse a los acuerdos alcanzados y tres meses para impugnar el acuerdo en los Juzgados.

Si no se las envia tiene dos opciones: acudir al auxilio judicial para que la autoridad judicial le requiera al Presidente la entrega de las actas, o esperar a que le reclamen el pago de derrama como quien no se ha enterado de nada, y una vez le reclamen oponerse al acuerdo e ir al Juzgado. Esta vía no es la más recomendable, es mejor actuar ANTES de que le reclamen pagos. Lo que en ningún caso le recomiendo es que simplemente no haga nada. Busque apoyos entre sus vecinos para ver qué proporción de propietarios piensa como usted y, en función del número de apoyos, actúe. Piense que si reúne usted a unos cuantos propietarios los costes judiciales en los que pudieran incurrir se reparten y acaban reducidos a cantidades perfectamente asumibles.

¡Gracias! Me ha resuelto mis dudas. LLevamos más de un año sin recibir actas de las reuniones de presidentes y sin saber que es lo que estan haciendo

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