¿Debo demandar por impago de manutención?

Llevo divorciada desde enero de 2017. Mi ex marido cobra solamente los 426 euros de ayuda por lo tanto me da 350 porque dice que más no puede. Tiene que pagar una cuantía según la sentencia de 550 euros. 300 por la mitad de la casa y 125 por cada niña que tenemos. En lo que se refiere al régimen de visitas hace lo que le da la gana. Lo mismo se las lleva cuatro días que se tira dos semanas sin verlas. No se si demandarle por no icumplir lo pactado en la sentencia ya que solo me da 350 ¿qué hago? No esta cumpliendo con nada pero algo paga eso si lo del régimen de visitas no lo cumple. Llega con el dinero los días que quiere, no se que hacer. En caso de `poner la denuncia ¿necesito abogado? O voy al juzgado directamente donde se dicto la sentencia

2 respuestas

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Llevo separada 11 años mi hijo tiene 12 y m separe por malos tratos, en su día renuncie a mis derechos de mujer maltratada por que mi hijo tuviese un padre "normal" este hombre nunca ha pasado la manutención y tiene tantas demandas de incumplimiento k hace años cambio la ley y dijeron k si no pasas la manutención la pena es de cárcel, en mi caso ya no puedo denunciar porque creo que mi hijo no es una moneda de cambio y orgullosa estoy de a pesar de pasar penurias lo he sacado yo sola, y mi hijo tiene a su padre, que bien sabe, como es, ya que cada uno se delata solo con el tiempo, y el que al principio se porta mal recibe recompensa de sus hijos en un futuro... Lo tengo muy claro, mi consejo es paciencia, armate de valor y no denuncies, todo lo k puedas guardar tikets, facturas todo guardarlo y antes de k pasen 5 años sino han cambiado denuncia la pensión más gastos, y así ves haciendo... Pero a la primera de cambio no porque las niñas no t lo perdonaran el día de mañana...

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A priori, por lo expuesto en este post, las cuentas cómo que no cuadran. Manifiesta Vd., que los ingresos de su ex marido son los 426 euros que percibe en concepto de subsidio de desempleo, si le pasa 350 Euros, ¿con qué se supone que vive? ¿Con los 75 Euros restantes?

Ningún Juez, si Vd.pone los hechos en conocimiento del juzgado de Familia que se ocupó de su divorcio, se va a creer, que la única fuente de ingresos de su ex marido, son los 426 Euros que percibe en concepto de subsidio.

Ahora bien, si Vd. Puede demostrar que trabaja en " B " y sus ingresos son otros, puede Vd. poner los hechos en conocimiento del Juez, pero si Vd.no puede demostrar que cuente con más ingresos, su ex marido puede instar una demanda de modificación de medidas, en base a que es desde todo punto de vista inviable pasarle a Vd. 500 euros, si su única fuente de ingresos son los 426 euros que percibe por desempleo.

Obviamente Vd. puede demandarle por incumplimiento de sentencia, y él puede instar una demanda de modificación de medidas, por inviabilidad de poder sufragar esas cantidades, salvo que atraque un Banco.

Ahora bien, como nadie se puede creer que su ex marido subsista con los 76 euros que le restan, de los 426 euros, después de haber sufragado los 350 euros que le pasa en concepto de alimentos, está Vd. en su pleno derecho de demandarle, pero insisto, si él insta una modificación de medidas, puede Vd. salir perjudicada.

Concerniente al régimen de visitas, que según Vd.manifiesta incumple sistemáticamente, puede Vd, demandarle por este punto por incumplimiento de lo dictaminado por el Juzgador​.

Las sentencias se dictan para acatarlas y para su debido cumplimiento y no para incumplirlas.

Para cualquier medida a adoptar en el Juzgado de Familia, necesita Vd. de la asistencia preceptiva de Abogado y Procurador que la representen.

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