¿Descanso semanal contrato media jornada dependienta?

He firmado un contrato de media jornada 20 horas semanales como dependienta y tengo una duda. En el contrato firmado textualmente pone:

La jornada de trabajo ordinaria será de 20 horas a la semana, siendo esta jornada inferior a 40 horas semanales . La distribución del tiempo de trabajo será de lunes a sábado de 10 a 14 con un día a la semana de descanso.

Otra dependienta que trabaja jornada completa tiene derecho a medio día de descanso semanal aparte de domingo. ¿También se aplica esto en mi caso? El jefe me ha dicho que por estar contratada a media jornada no tengo el mismo derecho que la persona contratada en jornada completa y que mi descanso semanal es el domingo. ¿Cómo es realmente?

Respuesta
1

Tiene el mismo derecho

1 respuesta más de otro experto

Respuesta
1

En españa el estatuto de los trabajadores establece en su articulo 37:

Descanso semanal, fiestas y permisos

(Artículo 37, Estatuto de los Trabajadores)

Los trabajadores tienen derecho a un descanso mínimo semanal de un (1) día y medio ininterrumpido (normalmente desde la tarde del sábado hasta la mañana del domingo)

El descanso se puede acumular máximo 14 días, esto es, cada 14 días mínimo debe haber 3 días de descanso.

Por lo tanto, como te dice Mauricio tienes el mismo derecho.

Muchísimas gracias por la respuesta tan completa. Entonces aunque mi contrato sea de media jornada tengo derecho igualmente. Gracias nuevamente. 

Añade tu respuesta

Haz clic para o
El autor de la pregunta ya no la sigue por lo que es posible que no reciba tu respuesta.

Más respuestas relacionadas