¿Se incurre en algún tipo de irregularidad, delito, infracción,... Las administraciones públicas en la interracion de datos?
¿Se incurre en algún tipo de irregularidad, delito, infracción,... Aquellas administraciones públicas que únicamente realizan la interracion de datos con fin sancionador, no realizándose en situaciones que benefician al contribuyente?, por ejemplo: no interracion de datos Ayuntamiento al Catastro y Hacienda, con los datos de las propuestas de liquidación plusvalía para confirmar que corresponda o poder rectificar y emitir ibi e impuestos al heredero en % de propiedad que corresponda a cada heredero;
No interracion de datos hacienda de cada comunidad con el catastro, con los datos de las propuestas de liquidación impuesto sucesiones para confirmar que corresponda o poder rectificar y emitir impuesto al heredero en % de propiedad que corresponda a cada heredero; no interracion de datos presentados en las declaraciones (irpf, patrimonio, etc) ante hacienda con el catastro, para comumicar al contribuyente que ha declarado el mismo bien que otro declarante, o la suma de % supera el 100%, permitiendo al contribuyente aclarar el error, o recuperar el dinero entregado a la administración; ... Todas estas situaciones como es posible que sean conocidas y no se actúe para cambiar, ¿qué puede hacer cada contribuyente?