Retroactividad de aumento de categoría y salario

He dado los 15 días para marcharme de mi trabajo, así que esta pregunta me urge un poco.

En mi carta solicito el pago, con retroactividad, del aumento de categoría (de aux. Administrativo a administrativo de 3°) que consta en el convenio, y se me debió pagar al cumplir los 6 años en la empresa. De eso hace ya casi 2 años, lo reclamé en varias ocasiones y no se me pagó nunca. Me parece que estan obligados a pagarme un año de retroactividad. ¿Es cierto?

1 respuesta

Respuesta

Efectivamente, los salarios se pueden reclamar con un año de retroactuvidad. Debes solicitárselos a la empresa y en caso de incumplimiento por su parte interponer una demanda reclamándoselos.

Gracias! En caso de que no me quieran pagar lo que me deben, y me obliguen a demandar, no debo firmar el finiquito, cierto? Pero al mismo tiempo, no voy a cobrar ni el sueldo, ni las vacaciones, ni tampoco la parte proporcional de las pagas extras hasta que no finalice este proceso? Se queda todo congelado hasta que ellos me hagan una oferta o vayamos a juicio. Dependo bastante del dinero. Me refiero. Es un año.. he calculado que son unos 2.000€, entre las 12 nóminas y las 3 pagas extras en las que me deben la diferencia del salario según el aumento. Si se que es un dinero que al final me tienen que pagar si o si... me arriesgo y voy hasta donde tenga que llegar, pero si existe la posibilidad de perder y que no me lo paguen... Es un caso en el que "el juicio ya esta ganado"? O existe la posibilidad de que tras ir a juicio, no me lo paguen?

En este caso, debes firmarlos como "no conforme" o no firmarlos y tendrías un plazo de 20 días para reclamar judicialmente esos salarios. En caso de que la empresa no te pague el importe que te ofrece en el finiquito también debes incluirlos en la reclamación. Lo normal que es que la empresa lo pague para internar evitar la demanda, pero eso depende ellos, no te puedo asegurar nada.

Lo aconsejable es que acudas a un asesor o abogado laboral para que vea toda la documentacion así como lo que indica el convenio, ya que yo no te puedo asegurar si ganaras o perderás el juicio sin ver ningún documento. El té asesorará de la forma que debes proceder.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas