Voy a tener un juicio por una deuda que no puedo afrontar. ¿Es el fin del mundo?

Me llamo Alberto y quisiera exponer mi duda. Intentaré abreviarla al máximo.

En diciembre de 2007 suscribí con Caja Madrid un préstamo personal de 30.000 € que pagué religiosamente incluso tras quedar en situación de desempleo. Al terminar el paro y pasar a percibir un subsidio de 426€ no pude continuar con los pagos. Vivo con mi hija, menor de edad, y siendo ella mi principal prioridad, nos alcanza justo para comer y pagar los suministros habituales.

Poco después empezaron a llamarme diciendo que era del servicio jurídico de Caja Madrid para que ingresara en la cuenta del juzgado del banco Santander una cantidad mensual, cosa que hice, en pequeñas cantidades, hasta que descubrí que me estaban engañando: No era nada judicial, sino una compañía de cobro de deudas de un lejano y nórdico país. Sé que soy hombre de pocas luces y no me importa reconocerlo, pero eso me pareció inaceptable, así que dejé de pagar.

Empezaron las llamadas a todas horas, hasta cinco veces al día... Bueno, Uds. Ya saben como funciona eso así que no me extenderé en este punto. Hace unos dos meses recibí una citación para un juicio monitorio en el que me opuse (me concedieron la justicia gratuita) ya que la cantidad que me reclaman, 12.900 € es muy superior a los 7.240 que quedaron por pagar. Tengo los recibos del banco que acreditan un pago total de 22.760 €.

Ahora me llega la citación para un juicio 'normal' y no se que hacer: No tengo trabajo, no tengo recursos, no tengo casa... Tan sólo un coche con diez años (un Peugeot 307, no un Lamborghini Diablo) que no cubriría deuda alguna.

El juicio llegará. Perderé. Me condenarán. No podré afrontar la deuda.

¿Qué pasará entonces? ¿Me perseguirán el resto de mi vida? ¿Qué puedo hacer?

Por favor, les ruego me disculpen por tan extensa exposición y reciban mi más sincera gratitud por sus respuestas.

2 Respuestas

Respuesta
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El tema no tiene buena pinta, para que le voy a decir otra cosa.

Parto de la base de que es usted el único titular y no hay avalistas.

Si pierde el juicio, será el juzgado el encargado de cobrar la deuda, la cual, será por un importe que en nada se va a parecer a la que usted recuerda, ya que no sólo está el principal, están las comisiones, intereses normales, de mora ... y luego las costas judiciales de todo tipo, las suyas, la de la parte contraria, gastos del juicio etc...

Además, tenga presente que los intereses siguen presentes hasta pago total, por lo que la deuda seguirá incrementándose .

Si no paga, ya que todo apunta a ello, aparte de la inscripción en registros de morosidades prácticamente para toda vida, se entrará en fase de embargo, de todos los bienes y derechos a su nombre hasta cubrir la deuda reclamada por el juzgado.

Se puede embargar todo menos el mínimo vital, el cual, es una cantidad calculada conforme smi .

Por la cantidad que dice que cobra de pensión, pienso que no se la van a tocar .

Eso sí, tenga presente que si " ahorra " todos los meses, por milagros de la vida, y tiene usted dinero en cuenta a su nombre, será motivo de embargo porque el juzgado no diferenciará si es dinero de su pensión o sencillamente dinero ahorrado embargable.

La BUENA NOTICIA es que caja madrid, ahora bankia, apesta

Y lo que es mejor, a estas alturas, todo el mundo lo sabe

Empezando por el juzgado.

Dicho ésto, intentaría convencer a un abogado que va a comisión, con los de justicia gratuita ni lo intentaría la verdad, que desde el ppo todo ha sido un engaño, que usted no sabía donde se estaba metiendo y que le han estafado.

Como lo acredita el hecho de que no tiene ni idea de la deuda que realmente debe y que en el recobro le han engañado con cuentas del

" Juzgado ".

Con suerte un abogado con hambre le llevará el caso ante el juzgado.

Y mire, no tiene nada que perder e igual mucho que ganar.

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2

Perderás el juicio, o te condenarán a una cantidad menor, según los pagos que ya has hecho y a ver como han calculado la deuda pendiente. Eso lo resolverá el Juez en su sentencia.

El caso es que te condenen a una cantidad u otra, de momento no la puedes pagar, con lo que si en un plazo de 15 años vienes a mejor fortuna, tienes una nómina de más de 600 € te pueden embargar

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