Un muro en mal estado de mantenimiento y conservación que rodea dos jardines de uso exclusivo .

En una comunidad de vecinos existe un muro en mal estado de mantenimiento y conservación según informe técnico del ayuntamiento de la localidad. Este muro perimetra dos jardines de uso exclusivo por los propietarios de la planta baja. ¿A quién corresponde el arreglo de dicho muro?

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Salvo que la documentación de la Comunidad diga otra cosa, tratándose de muros de jardines comunitarios (por tanto, muros comunitarios), y siempre que el mal estado no sea por culpa de un mal uso de los propietarios de los jardines, la reparación correspondería a la Comunidad.

Los muros perimetran exclusivamente dos jardines de uso exclusivo.En uno de ellos incluso uno de los propietarios actuó reforzándolo.

Habla usted del "uso" exclusivo del jardín, pero no de a quién corresponde la propiedad del mismo, por lo que no podemos saber si el muro es privado o común.

Un propietario puede tener el uso exclusivo de un elemento común. Si el elemento es común, normalmente lo es también su mantenimiento/reparación.

El hecho de que un propietario reforzara un muro, podría indicar que es privado, pero no lo demuestra. También podría haber reforzado el muro comunitario, sin haberlo consultado con la Comunidad.

Muchas gracias Poliplos.¿Podrías indicarme también en que Ley se basa y en qué artículo?

¿El qué?

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