Fijo discontinuo temporada de invierno

Desde hace varios años tengo contrato de fijo-discontinuo con jornada parcial en una piscina climatizada pública, con gestión privada. El contrato dice de duración aproximada 8 meses, lo que duran los cursillos de natación de invierno. Ahora el nuevo director del centro dice que tenemos que trabajar también durante la temporada de verano, en la cuál, por regla general, suelen haber pocas horas de trabajo y fraccionadas a lo largo del día (al final estamos todo el día en la piscina para hacer 24 horas semanales). Mi pregunta es: ¿Hasta qué punto tenemos la obligación de trabajar, siendo una temporada distinta, con distinto horario y sin ser las mismas horas semanales? ¿Podemos rechazar esas horas sin ser despedidos por ello?

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Francisco. No sé si comprendí tu pregunta. Si tu jefe quiere que trabajé más hora. O menos hora tiene que hacerlo.

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