¿Donde está el límite a la "copia privada" en propiedad intelectual?
Queremos montar un negocio de pegatinas personalizadas. El cliente manda la foto que quiere y un texto (normalmente su nombre) y le hacemos UNA pegatina personalizada para sus carpetas, ropa o lo que quiera.
La duda es si manda un logo, escudo, etc que sea de otra entidad (por ejemplo del Real Madrid) y quiere que le fabriquemos UNA con su nombre.
Según el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte puede hacerlo si se trata de UNA "copia privada" para uso personal y sin ánimo de lucro.
¿Es esto cierto?...¿Deberíamos poner una advertencia en la promoción de que solo es para copia privada si son imágenes que pertenecen a terceros? ... Porque si manda una imagen o un logo menos reconocible que el Real Madrid no sabemos su procedencia.
Básicamente no queremos problemas por hacerle la pegatina que nos pida. ¿Alguien sabe donde está el límite de la copia privada?