Toldo dañado por empresa externa. Caser

La comunidad contrató una empresa para pintar la fachada. Se le cayó un bote de pintura sobre mi toldo. Su seguro es caser. Ante la falta de respuesta por su parte, di aviso a mi seguro (también caser). Dice que el toldo no está cubierto con mi poliza por lo que tiene que ser gestionado por el causante. Autoriza perito no presencial y estoy reclamando la autorización de uno presencial por parte de Caser. Ahora me dice mi póliza que tiene que ser valorado y reclamado por el. Dpto. Jurídico. Así llevo casi dos meses. ¿Cuándo está cubierto este daño? ¿Por qué mi póliza no puede gestionarlo y reclamarlo a la póliza del causante? ¿Qué pasos puedo dar para agilizarlo?

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Lo que te han producido es un daño por Responsabilidad Civil. La empresa que causo el daño es la responsable del siniestro, así que o bien ellos o su seguro (en este caso Caser) deberán hacerse cargo de los daños. Lo más probable es que la empresa tenga una franquicia en esa garantía (como mínimo probablemente de 250€) por lo que es posible que la empresa pague una parte y Caser el resto, si el importe del toldo supera el importe de la franquicia.

Si no llegáis a una resolución amistosa Caser en este supuesto no te va a defender judicialmente por conflicto de intereses, puesto que no se puede reclamar a si misma, por lo que tendrías que designar un abogado particular (si tu póliza tiene un capital para abogados de libre designación Caser pagará a tu abogado hasta el limite indicado en póliza).

Las reclamaciones por Responsabilidad Civil se suelen alargar en el tiempo, por lo que tampoco te asustes si pasan 2 o 3 meses hasta que se solucione.

Para agilizarlo solo se me ocurre que les digas que o te lo solucionan ya o designas abogado particular para la reclamación (esto supondría un gasto extra para Caser, por lo que para evitarlo es posible que agilicen la resolución del siniestro).

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El toldo no esta cubierto por la póliza de hogar. Debe ser la comunidad quien reclame a la empresa contratada para que gestione ante su Cía la reclamación.

Si no atienden, reclamar con factura o presupuesto mediante un abogado a las partes implicadas.

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