Después de dos meses mi seguro ahora dice que no entra la cobertura, que puedo hacer?

Espero que me podáis ayudar.

Os comento, un día, estaba conduciendo y empezó a salir mucho humo por los conductos de ventilación de coche (muchisimo), llamé a la grúa y lo llevé al taller. Cuando se ponen a mirar ven que los cables que están debajo del cuadro eléctrico están quemados. Llamo al seguro y mandan al perito al taller, el perito en todo momento da conformidad y días después pide al taller que lo desmonten para ver la magnitud de la avería y así mirar si lo arreglan o si lo dan por siniestro, a todo esto pasa el tiempo y yo y mi agencia mediadora insistimos en que no demoren y nos digan para saber si arreglar o no. En todo momento en mis conversaciones telefónicas las operadoras con las que hablé me decían que estaban haciendo sus cálculos. Pues bien, casi 2 meses después y al ver que no me contestaban llamé hoy y me dicen que no es conforme, que no fue llama y cuantas cosas más.

Estoy indignadísima no sé que hacer, que pasos seguir. A parte de la agencia aseguradora que dijo que me miraría, ¿puedo yo hacer algo?

Por cierto, me concedieron un coche de sustitución y que yo sepa si no estuvieran conformes no me correspondería.

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Como bien se argumenta en las dos primeras respuestas, la cobertura de INCENDIO siempre habla de "daño producido por llama" no por humo o por un mal contacto de cables.

Por otro lado, en tu pregunta exponen algunas cosas que no termino de entender.

Hablas de una peritación y de una conformidad. Lo dudo. La opinión de un perito no vincula a la compañía. El perito hizo el trabajo necesario para valorar los posibles daños, pero eso no quiere decir que la compañía estuviera aceptando el siniestro.

En cuanto al plazo, es posible que te pueda parecer mucho tiempo, pero debes entender que la compañía tiene que analizar todas las variables posibles del siniestro. Hablas que en tu última conversación telefónica te hablaron de llama y "no se cuantas cosas más".

Por ultimo, intentas argumentar que la compañía de facilito un vehiculo de cortesía y que, de no estar conforme no te correspondería. Eso tampoco es así. Estamos hablando de coberturas distintas. Una cosa es la cobertura o no por incendio del vehículo y otro es el derecho a disfrutar de un vehiculo de cortesía por avería o inmovilización de tu vehiculo.

Lamento decirte que, en este caso, la compañía tiene razón en su exposición.

3 respuestas más de otros expertos

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Mas bien pocos datos da en cuento al seguro contratado y coberturas.

Presumo que es un seguro a su auto con la cobertura de incendio.

Le puedo decir que: solo habla de humo, pero no de incendio (llama). La cobertura de incendio se pone en práctica cuando hay LLAMA. NO HUMO.

Lo siento.

Ya, el humo es lo que yo vi, de momento no tengo rayos x y no veo a través del plástico que cubre el salpicadero. además pare el coche al instante, si no hubiese parado igual hubiese ardido todo. Si lo sé ahora...

mi seguro es contra incendios y en la póliza pone claramente que la llama puede ser total o parcial. Además el perito en persona se lo dijo a la del taller, menos mal pudo haber sido un desastre... 

No tengo la póliza delante pero creo que no hay duda al respecto. 

Perdona si parezco algo alterada, pero en realidad lo estoy. Después de esperar tanto tiempo

me encuentro sin coche sin dinero, en fin. Gracias 

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El año pasado tuve un caso similar. Por un cortocircuito se quemaron los cables del coche de un cliente. En la garantía de Incendio si no hay llama NO TIENE COBERTURA. Lee la póliza en las condiciones de esta garantía y comprobaras que indica que se tiene que producir llama para que se pueda aplicar la garantía de incendio.

Siento decirte que en este caso, si se "fundieron" los cables del coche por cortocircuito y se derritieron junto con lo que tenían cerca, pero no se podujo llama, estos daños no tienen cobertura por la garantía de incendio.

Un saludo y siento mucho lo que te ha ocurrido.

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Veo que la Cía ha incumplido el tiempo para comunicar el rehúse del siniestro.

Debe comunicarlo al Defensor del Asegurado y/o al Consorcio Seguros.

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