Ere teniendo contrato suspendido por incapacidad permanente art 48
Con fecha 1/9/2017 me han concedido una incapacidad revisable total con revisión en febrero 2018. En la resolución se me aplica art 48.2 es decir mi contrato está suspendido con reserva de puesto de trabajo máximo dos años. Hoy en mi empresa han reunido al comité para informar que de aquí al 1 de diciembre van a aplicar un ere colectivo y cierran la empresa en sevilla. El abogado me ha comentado que me tienen que dar mi despido e indemnización porque mi contrato esta suspendido y no extingido. En el sepe me dijeron que si la empresa me daba el despido podría solicitar paro y dejar de cobrar la incapacidad. Estoy muy preocupada porque me acaban de dar la incapacidad y voy a peder mis derechos. No se si pedir alta por mejoría antes de que se haga efectivo el ere.