Herencia de una cuenta de valores: debo abrir cuenta en dicha sucursal bancaria?

Somos varios herederos que nos repartimos a partes iguales una cuenta de valores. El director de dicha sucursal insiste en que debemos tener abiertos todos una cuenta de valores en su entidad bancaria. Al tratarse de otra localidad distinta, me acerqué a la más cercana con intención de abrir cuenta corriente y cuenta valores, puesto que no soy cliente. Para mi sorpresa, en la sucursal el director me insistió en que se trataba de un trámite innecesario, que puedo abrirla en cualquier entidad bancaria de la que yo sea cliente precisamente por tratarse de un paquete de valores. Y así lo hice y presenté dicha cuenta a la entidad que debe realizar el reparto, pero aquel insiste que debe ser una cuenta de su entidad. ¿A quién hago caso?

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En la mayoría de casos, las entidades obligan a los herederos a abrir una cuenta en la propia entidad (incluso en la propia oficina algunas), para poder realzar la transferencia del dinero o valores... Una vez ya sean suyas, puede usted vender o solicitar un cambio a otra entidad financiera.

Muchas gracias. Hoy he vuelto a ir a otra sucursal de la entidad y me vuelven a decir que es innecesario según su asesoría jurídica

Pues deberá pedirlo por escrito, para poder demostrar eso...

Como ya le hemos indicado, lo habitual es que tenga que abrir cuenta de valores en esa entidad para poder recibir las participaciones.

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