Separación de bienes de un inmueble hipotecado

Mi esposo y yo compramos un terreno cuando aun no estábamos casados pero ya teníamos 5 años de relación y dos hijos, el terreno fue comprado a nombre de los dos (pareja), construimos una casa y vivimos en ella. Ahora nos casamos. Queremos hipotecar la casa y luego hacer separación de bienes para que la casa quede solo a mi nombre y los otros hijos que el tiene (mayores) cuando el fallezca no puedan reclamar parte de la casa que construimos los dos y solo pueda ser en un futuro de los hijos que tiene a mi lado. Es legal esto, ¿se puede realizar?

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Si usted deviene en única propietaria de la vivienda será porque su marido le ha transmitido su mitad (pues es el propietario del 50%) por algún título: compraventa, donación, permuta o liquidación de gananciales. Si ese título es gratuito (donación) cuando su marido muera, la vivienda formará parte de la herencia de todos sus hijos, sin distinción en cuanto a la madre. Si usted adquiere la parte de su esposo pagando un dinero privativo contrastado, la casa es suya (de usted) y nadie tiene nada que decir. La forma de transmisión que elijan sobre esa mitad de propiedad ha de estar muy clara, para evitar denuncias sobre transacciones encubiertas o maniobras de ocultación patrimonial en perjuicio de unos herederos.

Gracias, si hacemos separación de bienes y yo le compro a mi esposo su mitad de la casa, de allí en adelante lo que el compre es de el y lo que yo compre es solo mio? y se puede colocar como clausula en la compraventa de la mitad de la casa que mi esposo me haga, que el (esposo) me vende con la condición de que yo le permita vivir en ella (casa) hasta que el muera? si esto pasa yo podre en un futuro volver a hipotecar la casa o venderla mientras el este vivo o no se puede. 

Pueden transmitirse entre sí por compraventa lo que ustedes quieran, y constituir un usufructo vitalicio e inscrito en favor de cualquiera de los dos, o de los dos, poniendo de titular del inmueble a quienes les parezcan bien. La casa se puede después vender, hipotecar o permutar; pero el usufructo, de ser vitalicio, es una carga que, como tal, resulta difícil que alguien adquiera la vivienda mientras subsista.

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