Cancelar cuenta bancaria renunciando a la herencia

Nuestro anciano padre, es único titular de una cuenta bancaria con poco saldo y no posee ningún otro patrimonio más de ningún tipo.
Queremos, llegado el caso, evitar los trámites hereditarios en lo posible y hemos pensado en retirar el dinero, cambiar las domiciliaciones de recibos, etc., y renunciar a la herencia. Pero no sabemos cómo se cancelaría la cuenta una vez fallezca.
Nuestro padre no ha hecho testamento, es viudo, no tiene ya apenas lucidez pero no está declarada legalmente la incapacidad, por lo que él no podría realizar ningún trámite. No hay más personas con derecho a la herencia.
Sabemos que debemos tener cuidado con la aceptación tácita.
¿Qué nos aconsejan?

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Los trámites para heredar solo una cuenta bancaria, no son gravosos, y si no es mucha cuantía, el impuesto de sucesiones saldrá a 0 €

Y no se puede renunciar a una herencia antes que haya fallecido

Gracias por la respuesta. Sabemos que los trámites no son gravosos, solo queremos ahorrarnos el tiempo de todos esos trámites que ya conocemos bastante bien.
Y también sabemos que no se puede renunciar a la herencia antes del fallecimiento, por eso dijimos  en la pregunta: Queremos, llegado el caso, evitar los trámites hereditarios en lo posible... 
Nuestra consulta es cómo actuar en la oficina bancaria para que nos puedan atender sin realizar el trámite de testamentaría.
Saludos.

Los bancos que custodian los depósitos de un fallecido, tienen la responsabilidad de entregar estos depósitos a los herederos legales o testamentarios, y que previamente hayan declarado los bienes a Hacienda y pagado (o no) el impuesto de sucesiones. No se quieren meter en líos dando el dinero al primero que se presente. ¿Y si no hay acuerdo entre los hijos? ¿Qué pasaría?

Depende de la tolerancia del banco, depende de la cuantía, si vais todos los hermanos de mutuo acuerdo, pero lo veo dificil

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