a) Si convivimos juntos y estamos empadronados juntos, perfecto, sin problemas, la línea recta siempre es el camino más corto.
b) Si convivimos juntos, pero estamos empadronados separados, tengo derecho a deducir por hijo, aunque tengo que demostrar que convivimos porque ya hemos visto que el padrón supone una prueba de que no lo hacemos, así que no basta con contar una película o dar pena, hay que llevar pruebas ya que Hacienda tiene una para impedirnos deducir. Por otro lado estoy incumpliendo con la Ley 7/1985, lo que no tiene multa que yo sepa en sí mismo, pero que si por ejemplo lo estás haciendo para conseguir fraudulentamente plaza en el cole para el niño… estarás cometiendo un delito.
c) Si no convivimos, pero estamos empadronados juntos, no tenemos derecho a deducir porque no estamos conviviendo. Si lo hacemos estamos defraudando a Hacienda, y si nos pillan nos multarán con toda la razón del mundo.
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