Violación de derechos de autor en una web

Desde hace tiempo tenemos entre varias personas una página en Internet donde escribimos artículos originales con distinto contenido. Aunque en nuestra web advertimos claramente que todos los contenidos están protegidos por copyright y que no se pueden copiar sin nuestro permiso explícito y sin citar la fuente, hemos descubierto que otra web nos ha copiado con total impunidad el texto de un artículo, si acaso cambiando un par de frases y borrando un párrafo para intentar disimular, pero dejando el resto idéntico. La copia es flagrante y evidente, así que tras denunciarlo hemos conseguido que Google y las redes sociales de esta web infractora eliminen rápidamente el artículo que nos han copiado. El problema ha sido al contactar con la empresa que ofrece el hosting (alojamiento) a la web en cuestión; por nuestra experiencia, es común que otras empresas tengan un protocolo para estos casos y den un plazo a su cliente para borrar el contenido so pena de suspender su cuenta. Sin embargo en el caso de esta empresa de hosting (que está en España pero viene de EE. UU., y es muy conocida por su publicidad), la respuesta que nos han dado es que ellos lo único que pueden hacer es trasladarle nuestro email con nuestra queja a su cliente (suena un poco ridículo, es obvio que su cliente sabe que infringió nuestro copyright...), y que ellos sin orden de un tribunal no pueden hacer nada. Les hemos dicho que esto nos deja desprotegidos y que deberían tener un protocolo propio para estos casos como el que hemos visto en otras empresas y servicios (por ejemplo, Facebook aceptó nuestra demanda porque la web infractora violaba su "Declaración de Derechos y Responsabilidades"); es más, la propia matriz de esta empresa de hosting en EE. UU., SÍ tiene un protocolo para estos casos y advierte de que eliminará en 24h los contenidos que infrinjan copyright... Pero su filial en España, que es con la que tratamos, nos insiste en que ellos cumplen la legislación española y que no pueden (o no quieren) hacer más... Mi pregunta es: ¿Es la legislación española en este campo tan diferente a la de EE. UU.? ¿Realmente la legislación española impide que esta empresa de hosting pueda hacer NADA en España sin una orden judicial o administrativa de por medio? ¿O el problema es que esta empresa no tiene un protocolo propio establecido para estos casos, y prefiere "lavarse las manos" antes que enfrentarse a su cliente? Nosotros sentimos que nos han robado y que estamos impotentes. Esperamos sus respuestas/consejos.

Respuesta
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Resumiendo mucho el tema... si les has avisado de que están albergando un contenido infractor y no hacen absolutamente nada, cabría la opción de trasladarles a ellos las consecuencias del ilícito. Es decir, una vez les has avisado, ellos mismos podrían ser responsables de la infracción por facilitarla y haber "pasado olímpicamente". En cualquier caso, en este punto, y como en cualquier otro asunto en el que se infringe un derecho de propiedad industrial o intelectual, lo que te queda es mandarles un requerimiento explicando todo, sobre todo esta segunda parte que te comento sobre su posible responsabilidad, y exigiendo formalmente la retirada del contenido. Te aconsejaría que lo hicieras a través de un despacho especializado en estos temas, por mi experiencia, cuanto mas formal se haga todo, mas opciones tendrás de que te hagan caso... en la carta tienes que explicar bien las bases legales, jurisprudencia aplicable si es que te interesa, etc, y eso por suerte o por fortuna lo tiene que hacer alguien que sepa de la materia. Luego evidentemente puede que hagan caso o que no lo hagan... en el segundo supuesto, solo te quedaría meter un pleito.

Sobre lo que dices respecto a la legislación española, no es un tema de que te obligue o te deje de obligar-. Te pongo un ejemplo real... varios establecimientos de madrid infringen de manera flagrante la propiedad intelectual de un cliente, hay contactos entre las partes y muchas de ellos retiran el contenido infractor. No obstante dos "pasan olimpicamente" de hacer nada. Ambos establecimientos infringen y contraviene la LPI, pero hacen oídos sordos. En este caso solo te queda ir a tribunales, pero es un coste que hay que valorar muy bien en vista del "volumen" de la infracción (en este caso concreto no se hizo nada más).

Una pequeña aclaración sobre la respuesta... Entonces, ¿la ley española no impide a esta empresa actuar contra el infractor y borrar el contenido ilegal sin necesidad de una orden judicial? Es que es lo que ellos argumentan (bueno, nos han dado ya varias versiones, en realidad), que se limitan a cumplir la ley y que ellos sin sentencia de por medio, más allá de avisar a su cliente que está infringiendo el copyright, ni pueden ni van a hacer más... 

La Ley dice cuando hay y cuando no hay infracción en términos generales. La ley de por sí no impide a nadie hacer nada... al igual que el codigo penal no impide a nadie matar, solo tipifica que una conducta X será homicidio o asesinato según corresponda, pero si alguien no se encarga de hacer valer ese tipo penal, poco se puede hacer.

En propiedad intelectual/industrial pasa lo mismo. Tienes la conducta descrita de manera general por la Ley pero si el tercero no reacciona y no se hace valer el contenido de la Ley contra él (acción judicial o similar), se queda todo en papel mojado.

Es esto a lo que me refería... caso en el que una parte A (vosotros) entiende que hay infracción basándose en la ley, otra parte B (la web infractora) supuestamente infringe y otra parte C (el que alberga dicha web), tras el aviso de A) deciden no hacer nada. La Ley, y la jurisprudencia dicen lo que dicen (hay infracción, hablo en teoría, sin analizar el caso en detalle no puedo hacerlo de otra manera), pero si B y C se enrocan y no quieren hacer nada, hay poco margen de maniobra. La clave estaría en hacer ver a C, que es con quien entiendo tenéis la disputa ahora mismo, que él es responsable de la infracción de B como facilitador, dar argumentos legales bien sustanciados, y demás (aquí el papel del experto) y que si no eliminan se tendrán que atener a las consecuencias. En ultima instancia un derecho de exclusiva como puede ser un derecho de autor (aunque no es una exclusiva estricta, pero no entrarte en detalles) vale tanto como las ganas que tenga quien lo posee en hacerlo valer. Si yo tengo una patente, que me infringen todos los días y no hago nada de nada, la patente es de "palo" por mucho que piense que es algo fantástico.

En cualquier caso, si queréis seguir adelante con el tema, os recomendaría ponerlo en manos de un especialista.

¡Gracias! 

Esta es otra alternativa

https://www.mecd.gob.es/cultura-mecd/areas-cultura/propiedadintelectual/informacion-general/gestion-en-el-ministerio/comision-de-propiedad-intelectual.html 

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