Accidente de coche, tasación muy baja. A juicio?

Hace ya algo más de un mes tuve un accidente de coche en el que el conductor del otro vehículo (un camión) se saltó un STOP. Acudió la policía local pero en todo momento el conductor del camión asumió la culpa y se hizo un parte amistoso. La grúa se llevó el coche al taller a la espera del perito de mi compañía. Solo un día después el perito da el coche como siniestro. Yo no lo entendía y el mecánico tampoco. Una semana después mi compañía me dice que han tasado el vehículo en 450 vergonzosos euros. Me dediqué a buscar por Internet y el mismo vehículo que el mio, (modelo, versión y año) me cuesta 8500€. El mismo modelo, mismo año y distintas versiones los he encontrado entre 7.000 y 11.000€ y aunque sean del mismo año la mayoría tienen más de 100.000 km que el mio. Envié a mi compañía varios enlaces de venta de coches de mi modelo y una semana después pasan de los 450€ a 2.500€ y nos dicen que si no estamos de acuerdo que reparemos el coche por nuestra cuenta y lo reclamemos judicialmente. La reparación se estima en unos 6.000€ y no puedo repararlo con mis recursos. No quiero ni dinero ni otro coche, solo quiero que lo reparen, ya que no fue mi culpa y se que encontrar uno en el estado del mio va a ser muy difícil. Me gustaría que me aconsejaran que pasos seguir o si es una batalla pérdida.

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¿Cuándo se considera un vehículo o coche siniestro total?

Cuando se asegura el coche lo que en realidad se asegura es el valor de dicho coche, es decir, una cantidad de dinero, por lo tanto, A LO SUMO, lo que la aseguradora va a pagar será dicha cantidad de dinero asegurada como máximo.

Por eso, lo normal en muchas compañías es que el coche se considere siniestro total cuando el valor de reparación del vehículo sea superior a la suma asegurada. Es decir, cuando el valor de reparación sea superior al 100% del valor asegurado. Ahora bien, también hay aseguradoras que pueden considerar que existe siniestro total cuando el valor de reparación supera el 75% del valor del coche.

Y ¿cuánto es la suma asegurada?, pues depende de la antigüedad del vehículo y del tipo de póliza que tengamos contratada.

Volviendo al asunto que se trata, se ha dicho que muchas aseguradoras, pero NO todas las compañías consideran al siniestro total cuando el valor de reparación supere el 100% del valor del vehí­culo. Algunas compañí­as consideran siniestro total cuando el valor de reparación es del 75-80-90% del valor asegurado. Y este aspecto que parece no tener importancia, puede tenerla, y mucho.

Es muy importante, pues saber:

Qué es mejor, el 70 / 80 / 90 / 100% del valor venal del coche?

Depende de los dos factores que indican la cantidad a indemnizar en caso de siniestro total, y son:

  • Antigüedad del vehí­culo
  • Valor de indemnización: valor a nuevo, valor venal, valor mercado

Es decir, la relación entre las palabras "siniestro total", "antigüedad del vehí­culo" y "valor a nuevo, valor venal, valor mercado" es muy estrecha, y van unidas inseparablemente, puesto que definen la cantidad que se pagará finalmente.

A continuación se van a detallar todos los casos posibles, para que cada usuario pueda valorar cada uno de ellos.

SITUACIóN 1: "SINIESTRO TOTAL = VALOR A NUEVO"

Si en la póliza indica que en caso de siniestro total la indemnización es del Valor a Nuevo, entonces no cabe interpretación alguna: SIEMPRE interesará que el coche sea declarado siniestro total, ya que ello implica recibir la cantidad de dinero que costará el coche nuevo. En este caso, la indemnización es la MÁXIMA, la cantidad que costó el coche al comprarlo nuevo.

Por ello, en esta situación, cuanto más BAJA sea la barrera para considerar un coche siniestro total, será mejor para el usuario, pues conseguirá más fácilmente el abono de un coche nuevo; es decir, que siempre será mejor el 70 al 80%, que el 80 al 100%.

Ejemplo: Partimos de un accidente con un coche nuevo cuyo valor es de 18.000 euros. El golpe es suficientemente grande para que la reparación del coche cueste 15.000 euros.

En tal caso, y sin duda alguna, lo más interesante es que el coche sea declarado siniestro total, pues siempre es mejor un coche nuevo que uno reparado. No es deseable que se repare un coche con daños muy grandes, ya que una reparación de tal calibre supone meterlo en bancada, rectificar el chasis, sustituir múltiples piezas, etc. Esto significa más probabilidades de sufrir luego problemas de dirección, desajustes o ruidos y, lo que es mas grave, en otro accidente el coche no protegerá como si fuera uno nuevo, porque los coches reparados (en especial en el chasis) no se comportan igual en caso de accidente.

Siguiendo con el ejemplo, si en la póliza pone las palabras "Siniestro total ... cuando el valor de reparación supere el 100% del valor asegurado", esto significará que el coche no serÃá declarado siniestro total, por lo que las opciones quedarán reducidas a reparar el coche, o quedarse con la indemnización (los 15.000 euros que cuesta la reparación) y comprar otro coche nuevo, perdiendo 3.000 euros de por medio. En ambos casos es perjuicio para el usuario, pues se queda con un coche reparado (con todo lo que eso significa), o pierde dinero.

Pero si en la póliza figura una expresión similar a "Siniestro total ... cuando el valor de reparación supere el 75% del valor asegurado" entonces la situación mejora enormemente. El 75% de 18.000 euros son 13.500 euros, como el valor de reparación (15.000 euros) supera a ese 75%, entonces el coche será declarado siniestro total, y la aseguradora pagará la indemnización correspondiente, que en este caso es el valor de un COCHE NUEVO.

SITUACIóN 2: "SINIESTRO TOTAL = VALOR DE MERCADO / VALOR VENAL"

Hay un caso en el que no suele ser interesante conseguir que el coche sea declarado siniestro total. Cuando el vehículo tiene ya una cierta edad, y se encuentra en buen estado, la indemnización que pagará la aseguradora puede ser más baja que el precio de un coche similar en el mercado de segunda mano. Como inconveniente añadido, el usuario se queda sin un coche que era perfectamente válido, y le resultará muy difícil encontrar otro por otro precio similar y que esté en tan buenas condiciones. En este caso podría ser preferible reparar el coche.

Volvemos a recordar que todo vehículo reparado de un golpe ya no es tan bueno como originalmente, y se deprecia por el golpe en sí­. Se puede comprobar fácilmente intentando vender un vehí­culo con un siniestro para ver que es muy difí­cil encontrar comprador.

Aún con todo, siempre es mejor conseguir la declaración de siniestro total, y por ello, en esta situación, será mejor cuanto más BAJO sea el porcentaje para considerar un coche siniestro total.

Aquí­ se explica otro ejemplo para comprobarlo:

Ejemplo: Se parte de un coche que tiene tantos daños que su valor ya solo es de 1.800 euros. A partir de un golpe de mediana intensidad, el valor de la reparación va a superar esos 1.800 euros, y aún más si se considera (por ejemplo) el 75%, es decir, 1.350.

Pues incluso en este caso es ventajoso tener ese 75%, ya que si la reparación supera los 1.350 euros la indemnización será de 1.800 euros (valor del coche), y luego, el usuario con ese dinero podrá arreglar el coche por su cuenta o bien comprar otro similar. Pero el caso es que no será necesario que la reparación alcance los 1.800 euros, sino que a partir de un valor de reparación de 1.350 euros, el usuario ya podrá decidir si prefiere o no reparar el coche, y además, recibiendo los 1.800 euros, que será el máximo.

La ventaja reside en tener mas opciones donde elegir, ya que también podrí­a darse el caso que solo exista la opción de reparar el vehí­culo y que no interese.

LOS RESTOS

Las aseguradoras, cuando se produce un siniestro total, proceden a la indemnización del valor fijado en la póliza.

Ahora bien, como el coche aún existe, y aún tiene algún valor, DESCUENTAN de la indemnización que pueda tener los restos del coche.

Como mí­nimo, esos restos pueden tener el valor que pueda tener ''la chatarra''.

De ahí que en las pólizas se indique que:

  • Los restos quedarán en poder del asegurado.
  • Se descontará el precio que pueda tener los restos de la indemnización que pueda deberse.

De cara al usuario, este aspecto no le afecta, puesto que de una manera, o de otra, va a recibir TODA la indemnización que le deban. Pero para las compañí­as es mucho mas sencillo no hacerse cargo de los restos, para no tenerlos que llevar al desguace, no tener que dar de baja el vehículo, etc, etc. Es decir, se ahorran los costes de la gestión de dar de baja el vehí­culo.

EL IVA

Un aspecto que incide también en todo este asunto, y es el IVA.

Un caso común es cuando en un siniestro el coche NO es declarado siniestro total, pero, por el motivo que sea NO interesa reparar el coche: por desconfianza en la reparación o por los desajustes que se puedan producir, por la merma de seguridad, etc.

En ese caso, la única posibilidad que existe es percibir el dinero de la reparación (cantidad que será más baja que si se hubiese declarado siniestro total), pero ATENCIóN, la pregunta será:

¿con IVA o sin IVA?

La respuesta es SIN IVA, es decir, si el usuario NO va a reparar el vehículo, NO se genera el impuesto, y por tanto, la compañí­a NO tiene porqué pagarlo.

Si finalmente el usuario a posteriori quiere arreglar el vehí­culo por su cuenta, tendrá que pagar el IVA.

Espero que te sirva de ayuda mi explicación. Lo que trato de explicarte es que la compañía te está pagando 2.500 € que, sumados al valor que aún conservaría tu coche, llegan a una cantidad determinada que, seguramente, es la que tienes contratada en tu póliza.

Gracias por la respuesta. En cuanto pueda miraré el valor contratado por el que nadie de la compañía me informó, solo les interesó asegurarme. Al ser la primera vez me resulta extraño tener que pelear con mi propia compañía lo que debe pagar la compañía contraria, que es la culpable de mi situación. Tan sólo quiero que me dejen el vehículo como estaba antes del accidente.

Buscaré todas las vías posibles. Muchas gracias de nuevo.

Te adjunto el enlace donde podrás ver la explicación más correcta y completa de por qué y cómo se está procediendo un tu siniestro.

https://www.dgsfp.mineco.es/sector/documentos/CONVENIO%20DE%20INDEMNIZACI%C3%93N%20DIRECTA.pdf 

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En estos casos, debes hacer un escrito bien fundamentado y dirigirlo al Defensor del Asegurado de la Cía.

Si no, también con un informe pericial y reclamarlo judicialmente.

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