¿Mantengo derecho a paro después de 5 años, con un contrato de 2 meses de duración?

Después de 30 años de trabajar en una empresa, por motivos de reducción de plantilla acepte un acuerdo de desvinculación voluntaria, por lo que no tuve derecho a paro. Para no perder mis derechos en la Seg Social me di de alta en el Régimen Especial y he seguido haciendo aportaciones hasta que he podido. Ahora tengo 61 años, si consigo un trabajo por 2 o 3 meses, ¿tendría derecho a la prestación por desempleo o tendría que seguir trabajando mas tiempo?.

Respuesta
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El tiempo que ha cotizado con su anterior empresa se guarda durante 6 años, y podrá cobrar cuando acabes el siguiente contrato, en las siguientes situaciones:

1. Si pasa el periodo de prueba, y se acaba por despido o finalización de contrato.

2. No pasa el periodo de prueba, pero hubieran pasado, al menos, 3 meses desde la finalización del contrato anterior por baja voluntaria.

Salvo mejor criterio.

¡Gracias! 

¿A medida que me acerco al plazo de los 6 años, se me va reduciendo los meses que podría cobrar el paro?

Efectivamente, calcule bien para que no se quede sin él.

¡Gracias! 

Si no es muchos pedir, me podrías decir ¿como puedo calcularlo?. Si han transcurrido 5 años y me guardan durante 6 años el tiempo cotizado en la otra empresa, como se los meses que lo cobraría. Gracias.

Puede ser un poco complicado, es el artículo 27 de la LGSS.

La cuantía del paro se calcula a partir de la base reguladora, para calcularla:

- Sumar las bases de cotización de las nóminas de los últimos 6 meses trabajados y dividirlo entre 180.

- Cada día que estés en paro cobrarás el 70% de esa base reguladora (los primeros 180 días), y a partir del día 181, cobraría el 50% de la base reguladora.

*Art. 270 lgss.

Hola, lo que te pedía no era la cuantía del paro, sino el número de meses al que tendría derecho, puesto como te decía en la pregunta, si a medida que me acercaba a los 6 años, se iban reduciendo los meses en que podría cobrar de los 6 años guardados por mi último trabajo.

Me dices: calculalo bien, no sea que te quedes sin el. Entonces si consigo un trabajo hasta febrero, sólo tendría 8 meses de paro hasta llegar a los 6 años o se calcula de otra forma. Gracias y perdona el mal entendido.

Claro, la idea es que a los 6 años + 1 día, desde que termina su última relación laboral con derecho a paro, ya no podrá cobrarlo.

Para saber durante cuánto tiempo, existe una escala en el art. 269 LGSS, que en función de sus días cotizados (que se reflejen en el informe de vida laboral), podrá conocerlo con exactitud.

Salvo mejor criterio.

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