Autorización Adeslas en póliza que caduca en breve

Tengo en la actualidad una póliza con Adeslas (completa sin copago) que me vence en diciembre. Esa póliza era a través de mi antigua empresa. Al cambiar de empresa, me dan una nueva póliza en otra aseguradora (esta vez con copago).

El hecho es que llevo en tratamiento oftalmológico unos meses, y me tienen que hacer (de nuevo) una intervención quirúrgica. He enviado a Adeslas la autorización (15 días antes de la caducidad de la póliza) pero la intervención, sería 10 días después de su caducidad.

Mi pregunta es, dado que el problema ha sido detectado y puesto en lista de espera dentro del plazo de cobertura de mi póliza, ¿se puede negar Adeslas a cubrir la intervención quirúrgica basándose en que se realizará con fecha posterior a caducidad?

Por buscar similitudes, con mi vehículo di partes de accidente dentro del plazo de cobertura, y tras pasar el mismo (cambié de compañía) si me cubrieron las reparaciones por haber sucedido dentro de la fecha de cobertura.

Desde Adeslas, de momento he recibido un correo diciéndome que no me cubren por estar fuera de plazo.

Me gustaría que me asesorasen, y en caso de que esté cubierto, indicarme como podría proceder.

Respuesta

Tiene razón el agente que ya te ha respondido; pero si en otra aseguradora te han asegurado sin cuestionario de salud, en teoría y en general lo tienen que asumir. Si mentiste u omitiste información en el cuestionario de salud, será una preexistencia, incluso posible dolo, y no tienen porqué cubrírtelo.

Lo mismo tendría que ocurrir con cualquier nueva póliza, sea en la misma aseguradora o en otra.

Pasa eso con algunos seguros de empresa... Tu actual aseguradora tampoco tiene obligación para el caso que comentas.

1 respuesta más de otro experto

Respuesta

Yo creo que el problema lo vas a tener con la nueva aseguradora, puesto que tienes una preexistencia.

Te habrán hecho algún tipo de cuestionario de Salud, ¿no?

Nunca den de baja un seguro de Salud o de Vida, hasta no tener contratado el nuevo.

A lo mejor te habría merecido la pena continuar un año mas con tu anterior compañía.

No obstante, y como contestación a tu pregunta, te paso lo que dice la compañía para la que yo trabajo en las condiciones:

La cobertura del seguro cesará automáticamente desde la fecha de extinción de la póliza o para cada asegurado, desde la fecha de baja en la misma. Desde esa fecha el Asegurado no tendrá derecho a ningún tratamiento médico.

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