Normalmente si los ingresos son pequeños no debería afectarle, pero es claro que si como inspector fiscalizara la cuenta de su pareja podría suponer dos cosas:
a) Que su pareja tiene ingresos que no están declarados y son mayor rendimiento del trabajo, por ejemplo.
b) Si se acredita con la tranferencia bancaria de usted, entonces voy a suponer que es una donación que le hace a su pareja, por cada uno de los ingresos, pero las acumularía sucesivamente incrementando la progresividad de dicho impuesto, y considerando que su pareja a efectos de Hacienda no es NADA, le aplicaría el coeficiente multiplicador entre extraños, es decir le voy a pedir una pasta.
Ahora bien, usted va a alegar que esas aportaciones las hace para sufragar gastos que usted genera, por ejemplo, ropa, comida, luz, agua, si usted convive con ella, y si las cantidades coinciden más o menos yo lo entendería y si lo acredita también cualquier tribunal, pero podría suceder que sus encuentros sean esporádicos y cada uno tenga su propio domicilio, lo que aumenta la complejidad, asi pues, valore la importancia de los ingresos y si quiere evitar problemas abránse una cuenta conjunta para estos menesteres, al ser conjunta, usted está transfiriendo a otra cuenta en la que es titular tambièn, por lo que para que haya donación tendrîa que demostrar que la disposición de esos ingresos lo hace la otra persona para su propio beneficio, y si es para la compra de mercadona, es decir para consumos de renta, yo lo vería bien.
Ruego valore respuesta. Feliz año.