Transferencia mensual me afecta para hacer la declaración de la renta

Quiero alquilar mi garaje a un vecino sin hacer contrato ni nada, un acuerdo. EL precio serían 40 euros mensuales, por comodidad lo ideal sería que me realizara una transferencia mensual a mi cuenta. Pero no se si a mi cuenta nomina, o a otra cuenta de ahorro, en realidad no se si al recibir cada mes esa cantidad de dinero y quedarse reflejado en mi cuenta, me puede repercutir de alguna manera a la hora de hacer la declaración de la renta,. Es decir si tengo que declarar ese dinero o me pueden pedir explicaciones o me van a retener algo... Porque si por 40 euros al mes luego me van a retener un tanto no me sale a cuenta, prefiero pasar por su casa cada mes y que me lo de en mano.

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Tendrán la consideración de rendimientos íntegros procedentes de la titularidad de bienes inmuebles todos los que deriven del arrendamiento. Usted como arrendador deberá declarar estos rendimientos, la cuantificación se realiza restando de los ingresos los gastos deducibles y aplicando sobre esta cantidad, en los casos que proceda, determinadas reducciones. Únicamente si el arrendamiento se realiza como actividad económica las cantidades obtenidas no tienen la consideración de rendimientos del capital inmobiliario, sino de actividades económicas, dentro de cuyo apartado específico deberán ser declarados, caso que no es el suyo por la información que comenta.

Cordialmente,

https://monicasansasesoria.wordpress.com 

No me ha quedado nada claro...con palabras mas cloquiales por favor ....que ha querido decir???? 

Si me realiza una transferencia mensual de 40 eur.al num.d cuenta q le de sin poner  en el concepto arrendamiento de garaje ni nada....no se sabe de que es ese dinero....solo se sabria el emisor.....me repercute algo? Solo quiiero saber eso o es mejor que para evitar problemas vaya yo a su casa....

Si le hacen un ingreso bancario ha de tener en cuenta que ante un requerimiento de Hacienda debe poder justificarlo. Es decir, si usted no declara el arrendamiento no podrá justificar dicho ingreso bancario por lo que deberá asumir las consecuencias fiscales del incumplimiento (recargos, sanciones, etc.).

Ok... ahora ya me ha quedado más claro... gracias...

¿Pero en realidad se puede recibir transferencias sin más nooo? QUE t quiera hacer un amigo... ¿familiar o conocido por lo que sea no? Son cantidades ínfimas ... no creo que por eso t vayan a pedir explicaciones... que opina usted... ¿qué haría en mi caso?

Una entrega de dinero a título lucrativo, es decir sin exigir nada a cambio, se puede calificar como donación y está sujeta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Un préstamo entre familiares también está sujeto a tributación. Con ello le quiero indicar, que aunque muchas veces no seamos conscientes existe una consecuencia fiscal en nuestras operaciones más o menos habituales.

Yo siempre optó por la vía legal, es decir declarar el ingreso en la declaración del IRPF. Una vez declarado, usted puede elegir la forma de cobro que le resulte más cómoda: en efectivo o por transferencia.

Cordialmente,

https://monicasansasesoria.wordpress.com 

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