Traspaso de vehículo por herencia

El pasado día 24/12 falleció mi hijo de 14 meses, compramos un coche en octubre, con la reducción de iva al 4% por una minusvalía que tenia el, por lo que el coche estaba a su nombre, mi pregunta es:

¿Me puede reclamar hacienda el resto de iva por poner el coche a mi nombre? ¿Los papeles me los lleva una gestoría, me dicen que por herencia solo hay que pagar una tasa de 55€ y no habría que hacer transferencia como si fueren entre vivos, que no tendría que pagar nada más que esa tasa, pero que el tema del iva, no saben muy bien como ira, que se tienen que informar... Creen, que no habrá que pagar nada y yo indagando por las web también he visto algo que dice lo mismo, que por herencia no habría que pagar el iva restante... Me podéis dar más info y si esposble adjuntar algún documento administrativo que lo deje claro.

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Tiene usted un excelente documento administrativo que lo deja claro: la Ley 37/1992, de 28 de Diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, artículos 92 y siguientes. Como comprobará, el capítulo de exenciones y deducciones solo se refiere a transmisiones "inter vivos" y no "mortis causa". Por lo tanto, si usted no vende antes de que pasen cuatro años contados desde la fecha del alta de la titularidad en favor de su hijo, no tiene nada que devolver ni que pagar.

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