Venta de piso con poder notarial

La tía de mi madre tiene un piso. Es soltera y sin hijos. Mi madre y yo su hijo somos los únicos que nos ocupamos de ella a pesar de tener muchos más sobrinos que no quieren saber nada. Mi tía abuela creo que se dice así le hizo un poder notarial a mi madre. Un testamento en la que la única heredera es mi madre. Pero al hacerlo una de las primas de mi madre no quiso que pusieran a mi padre ni a mi, Imagino para asegurarse de si midre fallece no pase a nosotros y poder reclamar ya nos lo dijo.

Mi pregunta.

Puede mi madre autovenderse el piso a si misma pagando el mínimo legal con el poder que le hizo su tía. ¿Luego estando mi madre en la cuenta de autorizada con su tía ir sacando el dinero? Podrían reclamarle algo cuando esta fallezca, ¿tanto de dinero como del piso? Solo estan ellas dos en la cuenta del banco.

¿Imagino qué el poder no es para beneficiarse ella misma y podría haber problemas?

¿Vendérmelo mi madre con el poder a mi? ¿Yo pagar y luego mi madre al estar en la cuenta ir sacando el dinero? ¿Podría haber problemas así?

No queremos darle más molestias ya que esta bastante limitada para ir al notario a hacer otro testamento. Ya que su voluntad siempre a sido dejárselo a mi madre o padres y lógicamente luego a mi.

2 respuestas

Respuesta
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Lo que le han dicho me temo que no es así de fácil. Tratándose de una compraventa firmada por la misma compradora en su calidad de apoderada de la vendedora, es muy probable que Hacienda crea que no se trata de una verdadera compraventa sinó de una donación encubierta, ya que es muy frecuente que la gente intente disfrazar así las donaciones para pagar menos impuestos. Lo primero que le exigirán es que demuestre que realmente ha pagado y si no los convence le reclamarán el impuesto de donaciones.

Luego, no es cierto que en caso de fallecer su madre antes que su tia va a heredar usted. Si su tía le ha puesto como sustituto de su madre, si hereda usted, pero si no ha previsto ningún sustituto, usted no hereda nada,

Según la ley los muertos no existen y por lo tanto no pueden transmitir nada. Si su madre muere antes que su tía y no hay previstos otros herederos, no heredará absolutamnete nada, toda la herencia irá a los parientes más cercanos de su tía y usted no lo es, porque aparte de su madre tienen otros sobrinos que son parientes más cercanos. No existe la sustitución para este tipo de parentesco, usted solo sustituye a su madre si consta expresamente.

Sí su madre muere, solo transmite lo que tenga al momento de morir y a partir de entonces ya no puede recibir ni transmitir nada. Como el derecho a la herencia de su tia no lo tendrá hasta que la tia muera, estando la tía viva, no lo podrá transmitir porque no lo tiene.

Gracias, yo creo que es como dices tu.

Pero digo yo, si mi madre en nombre de mía tía abuela con el poder que si consta que puede vender en su nombre me vende a mi el piso, supongamos que son por valor mínimo 70000 mil, en contrato de compra-venta o arras supuestamente damos 25000 mil y si es cierto que el resto los 45000 lo pondríamos en cheque o transferencia a favor de mi tía abuela a una cuenta en la que esta mi madre y mi tía abuela. Asta hay todo es legal, ( una cuenta con mi madre de titular y mi tía abuela de autorizada, si a mi madre le pasara algo mi tía abuela desaparecería de la cuenta al ser autorizada )luego si mi tía abuela supuestamente puede sacar y gastar lo que quiera, solo podrían reclamar los familiares lo que hay no lo que ya se ha gastado imagino. Si mi madre falleciera antes a mi no me pueden reclamar nada pues no estoy en la cuenta del banco y yo he pagado el precio y mi madre ya no estaría para reclamarle nada. ¿Puede ser? Yo creo que así no hay problema, se vendería por el valor catastral obligatorio por ley.

Poner el dinero en una cuenta a nombre de su madre, en la que su tía solo esté autorizada, puede ser considerado apropiación indebida. Si su madre falleciera antes, su tía dejaría automáticamente de ser autorizada.

Si su madre falleciera, a ella ya no le pueden reclamar, pero si a quienes acepten su herencia, es decir, si usted acepta la herencia de su madre, responde por ella para lo que le reclamen. De todas formas sería difícil que consiguieran algo, porque al firmarle los poderes su tía le ha dado el consentimiento.

Pueden poner el dinero a nombre de las dos, o incluso solo de su tía con su madre de autorizada.

De todas formas, aunque su tía sea muy mayor, yo aconsejaría que haga otro testamento poniéndole a usted de sustituto, incluso a su padre si usted faltara también. Si si tía no sale de casa, no es problema, en estos casos, de las notarías van a las casas. Puede costar un dinero, pero en caso de faltar su madre puede costar mucho más. Piense que le pueden poner un pleito y aunque lo gane le va a costar más dinero.

Si hace un nuevo testamento, esos parientes ya no pueden heredar y por lo tanto no tendrán interés en pleitear. Además no podrán aunque quieran porque se quedan sin legitimidad para hacerlo.

Eso no quita que haga igualmente lo mismo (que su madre le venda, etc.), pero les ahorra las posibles reclamaciones de parientes.

¡Gracias! 

Muchas gracias. Hay una cosa que no me queda clara. Partimos de la base de que vende y yo compro. Contrato de compra-venta o arras y el resto en cheque o transferencia a cuenta. Todo bien.

Cuenta, digamos tía abuela titular. Mi madre autorizada. Todo bien.

Mi madre va sacando el dinero de la venta ( tiene poder notarial) o mi tía en este caso y se lo gasta o hace lo que quiera que es suyo.Todo bien

Mi madre fallece ,desaparece de la cuenta y lo que haya cuando muera mi tía abuela es lo que podrán cojer los siguientes familiares.

Por otro lado yo cojo la herencia de mi madre la que me corresponde a mi de los bienes de mi madre. Mi padre y madre paso a mi madre y ahora a mi.

Mi madre fallecida no coje herencia de ella.lo nuestro es nuestro y lo de mi tía abuela de los familiares . Haya lo que haya o quede.

Los familiares podrán cojer lo que mi tía abuela tenga en ese momento en la cuenta. Si preguntan por el piso, se vendió y se va a hacer todo legalmente y por el mínimo legal, lo que mi tía abuela haya echo con su dinero no es asunto mio, si va sacando lo que quiera y me lo da ( lógicamente cantidades pequeñas y de esto nadie va a saber nada ) o se lo gasta no es asunto mio y a nadie le importa en que se lo ha gastado.

Supuesto 2 mi tía abuela fallece y mi madre coje su herencia que esta en testamento, todo la famila a callar , fue su voluntad.

El problema es que mi madre muera antes, pues yo no la voy a dejar tirada a mi tía abuela pero es una resposabilidad y gasto para mi, en cuanto mi madre no estuviera al no ver nadie que pudiera reclamarles nada quieren vender su piso y cojer el dinero de las cuentas, una esta como autorizada y nos pide la cartilla pero no se la damos , seria conveniente quitarla? Ya que al ser autorizada se puede quitar en culquiermomento no?

Comprándolo yo o mi madre ella viviría en el piso asta que falleciera y no la dejarían en la calle. Incluso venderla  en usufructo creo q se pone asi. Despeja esta duda y perdona mi desconocimiento. Mil gracias

Usted tiene razón y e principio no ha de tener problemas, pero si se los quieren buscar lo harán.

Imagine que se da el caso de que muere su madre antes que su tía. Cuando ellos vean que no hay piso, pueden presentar una demanda argumentando que su madre se apropió del piso, o del dinero. Usted, como heredero de su madre ha de responder. Seguramente le darán la razón a usted porque todo lo que hizo su madre fue hecho con el consentimiento y la voluntad de su tía. Pero aunque usted gane, le va a traer quebraderos de cabeza.

Un nuevo testamento eliminaría del todo la posibilidad de que reclamen, porque al no tener derechoa la herencia, no tienen tampoco derecho a reclamar nada relacionado con ella.

Cuando alguien presenta una demanda ha de estar legitimado, es decir tener un interés legítimo en el asunto.

Tienes razón, no tienen mucho donde agarrarse, pero si se diera el caso de que tu madre falleciera antes que la tía, ellos se convertirían automáticamente en herederos de ella y al morir ella estarían legitimados para reclamar.

Probablemente no sacarían nada si lo hicieran, pero te traerían molestias.

Si hace un nuevo testamento, ellos ya no podrán reclamar en ningún caso, ya que les falta el interés legítimo.

Tu no puedes reclamar sobre la herencia del vecino, ¿verdad? Pues ellos tampoco sobre la herencia de tu tía.

Respuesta

La cosa parece complicada pero no lo es tanto. Desde luego que tu madre, si el poder le autoriza a ello (habría que leerlo), podría venderse este piso a si misma, pagando el impuesto de Transmisiones Patrimoniales correspondiente, y los gastos del notario. También te lo podría vender a ti o a cualquier otra persona, con la misma condición de que el comprador tendria que pagar el ITP y los gastos de notario. En este caso, en el documento de compra-venta podría figurar que ha recibido el importe que se asigne a la operación (aunque no sea cierto, pues el notario no le para a esto). El que tu le pagues después a ella, en una o varias veces, dicho importe, es algo en lo que nadie se puede meter. Se puede hacer un documento privado, o no. No es obligatorio. Depende de la "confianza" que tu madre tenga en tí :)

También, en vida de tu tia abuela, ella puede retirar el dinero que quiera de la cuenta, y sin tener que dar explicaciones a nadie.

A la hora de fallecer tu tia abuela, si en el testamento figura como heredera universal, ella heredaría todas las propiedades (piso, cuenta bancaria y todas las pertenencias). Tus primas no pinchan ni cortan en nada de todo esto.

Y cuando tu madre muera, si eres su único hijo, con testamento o sin él (mejor siempre hacer testamento!), la herederás a ella. Y vuelvo a decir: tus primas no pueden decir ni pío.

Muchas gracias. Me ha servido de mucha ayuda. Una ultima pregunta. Si mi madre falleciera antes que ella, lógicamente el testamento no pasaría a mi por lo que comente antes. 

Hacemos la misma operación de compra -venta digamos que a mi para que no aparezca mi madre.entregamos x1 en contrato privado aunque sea ficticio y en notaria el x2 restante que pasaría a la cuenta de mi madre y mi tía abuela. Mi madre fallece mi tía abuela sigue viva. Y de la compra hemos sacado el dinero que falta digamos x2. A mi madre no la pueden reclamar porque esta fallecida, a mi por haber comprado y ser familiar? Y reclamarme a mi el dinero de la compra? Yo creo que no si no estoy en las cuentas de ellas . Yo soy el que me ocupo económicamente de ella de que no le falte de nada ,no estoy en cuenta pero soy yo el que saco el dinero.

Parto de la base que tu eres hijo único de tu madre, y que ella, por testamento de tu tía abuela, es la beneficiaria de este piso y de todo lo demás. Pues bien, si tu madre muriese antes que tu tía abuela, y si tu tía abuela no hiciese nuevo testamento (para algo a los testamentos se les llama "última" voluntad), tu heredarías sin más ese y todos los bienes. Lo único que pasaría es que el tipo de tributación por la herencia sería distinto. Esto depende de la comunidad en que viváis.

Olvídate de todas las demás consideraciones y supuestos que haces. Ya te dije que la cosa no es tan enrevesada como tu la ves. No la compliques.

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