Duda sobre desgravar en casa de padres

Me fui de alquiler en septiembre de 2016 y me empadrone en esa misma fecha en ese piso. En la renta del año pasado no notifique donde vivo y puse que vivia con mis padres ambos mayores de 65 y uno de ellos con pension no contributiva me devolvieron unos 2000 euros. Nose si hice bien pero como no me reclamaron nada y de tdas maneras a efectos de padron estuve mas de 180 dias ese año viviendo en casa padres tenia las espaldas cubiertas. Ahora mi duda es: ¿Este año si vuelvo a hacer lo mismo es legal? O puedo incurrir en un delito y una multa ( ya que a efectos de padron si que estuve todo el 2016 viviendo en ese alquiler) o al no ser obligatorio sino opcional declarar alquiler puedo seguir haciendo que vivo con mis padres... Por favor a ver si alguien me resuelve este dilema

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El domicilio habitual es aquel en el que vives más de 183 días al año. El padrón es un elemento de prueba más, lo mismo que los consumos eléctrico, de agua, etc. Aunque te hubieras empadronado en tu piso de alquiler, no es descartable que por razones de salud tus padres necesiten de tus cuidados y tu vayas a dormir siempre con tus padres para que estén atendidos. En ese caso tu domicilio habitual sigue siendo el de tus padres, y podrás aplicar la deducción por ascendientes, por convivencia con ellos en la medida que no tengas rentas individualmente superiores a 8.000 Euros. El padrón es un elemento de prueba como cualquier otro.

Salvo mejor opinión. Ruego valore respuesta.

Ya bueno pero entonces si me reclaman alguna prueba de que les ocurre algo tengo que aportar pruebas , es por hacer las cosas con seguridad de verdad que agradezco tu respuesta pero en mi caso entonces que harias gracias.

Todo depende del entramado de tu vida familiar, mujer, hijos, soltería, estado de salud de tus padres, necesidad de tus cuidados, etc. Lo más importante es que tengas sentido común y que actúes con lógica. Si la situación es muy forzada, lo mejor es hacer siempre lo correcto. En mis comentarios simplemente te resalté que el empadronamiento es algo definitivo, tampoco lo sería que estuvieran empadronado con tus padres, si realmente no vives con ellos.

Estoy soltero sin hijos cobro muy poco unos 1100 e al mes en cuanto a ellos tienen 66 y 70 y mi padre cobra una pensión no contributiva por tener una discapacidad mínima no se si eso sirve... a mi madre le acaban de dar este año una paga de 300 e al mes...

Tus padres apenas tienen ingresos y por lo tanto no tienen siquiera obligación de hacer la renta. Con tu nivel de ingresos, las retenciones no serán muy altas, pero bien podrían estar por los 1000 Euros al año, y lo normal es que tampoco tengas obligación de hacer la Declaración. Si incluyes a tus padres como dependientes de ti y convives con ellos (para lo que tu domicilio fiscal tiene que coincidir con el de ellos), lo que ganarás es la devolución de ese importe retenido, dado que como no alcanzan los 8000 euros puedes incluirlos en tu declaración.

Si no existen convivencia, lo normal es que no tengas que hacer declaración, porque las retenciones vienen a ser lo que deberías de pagar y por lo tanto ya está pagado.

¿Entonces me da a entender de que si es factible? O tendría que tener ese mismo domicilio, perdón por ser insistente incluso me voy a empadronar otra vez allí pero claro lo que cuenta es el año pasado

Alguien me puede ayudar? Gracias

Si no has realizado el cambio de domicilio con modelo 030 y en la renta del año anterior sigues teniendo el domicilio habitual en casa de tus padres, entiendo que aunque te hayas empadronado en el otro piso, podrías vivir con tus padres, dado que el empadronamiento no es un elemento definitivo en la valoración de la residencia, y lo que cuenta es dónde pernoctes más de 183 días al año. Es un elemento de prueba y tú debes de juzgar todas tus posibilidades de actuación.

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