¿Me corresponde liquidación o finiquito o nada?

Trabajaba como administrador de una casa en renta en Cuernavaca, Morelos. Mi patrón falleció en diciembre y me informaron los hijos en enero. También me informaron los hijos que prescindirán de mis servicios. Estuve contratado por honorarios 9 años entonces, no sé si me corresponde finiquito o liquidación y con que ley puedo ampararme, o bien con que ley ellos pueden justificar no pagarme nada.

Respuesta
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En el convenio que rija su contrato, es muy probable que venga regulado en caso de fallecimiento de su jefe la cuantía a percibir, no obstante suele ser una mensualidad extra simplemente como "agradecimiento de los servicios prestados"

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