Contabilizar retribución autónomo sin nomina

Soy autónomo de SL y durante el 2017 he contabilizado la cuota de autónomo a la cuenta 551 porque no tengo nómina y tampoco he facturado. ¿Puedo regularizar contablemente de alguna forma una retribución para que cuando haga la declaración de la renta del 2017 refleje unos ingresos obtenidos de la sociedad?

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Sí, pero te va a llevar un poco de trabajo y algunas declaraciones a cumplimentar. Entiendo que la cuota de autónomo la has cargado en la cuenta de la sociedad, a partir de ahí SI tienes una retribución en especie que es por el importe de la cuota del autónomo más el ingreso a cuenta, en su caso. Como no has percibido nada más de la sociedad, no llegas a aplicar retención alguna.

Para hacértelo fácil vamos a suponer que el importe ha sido de 350 Euros mensuales.

El importe total de retribución es de 4200 Euros, en especie, que no tiene retención.

Te sugiero que hagas lo siguiente:

1) Rellena modelo 111, indicando esa retribución en ESPECIE (fíjate bien en la casilla), y sin poner retención. El modelo te saldrá negativo, no tienes que ingresar nada, pero al presentar fuera de plazo de forma voluntaria, lo normal es que te endosen 150 Euros de sanción.

Técnicamente lo que te acabo de proponer no es lo más exacto, seguro que Hacienda te pediría que rellenaras los 4 modelos con el importe de cada trimestre es decir 1050, pero claro, eso serían 150 X 4, y con lo que te he planteado, salvas el problema con un riesgo mínimo.

2) Rellena modelo 190, indicándote como perceptor por dicha cuantía. Tienes de plazo hasta mañana, para no hacerlo fuera de plazo, por lo que no pagarás nada.

En tu renta, tendrás como ingreso el importe del autónomo, pero a su vez podrás deducir el mismo como gasto por lo que no tendrás a efectos fiscales ningún rendimiento del trabajo en tu renta.

En la sociedad, tienes que contabilizar el gasto de la 640 a 755 (ingresos servicios personal), por el importe de la nómina, y luego tienes que contabilizar 642 a 572, cada vez que has realizado el pago de una cuota de autónomo.

Es complicado gestionar bien una sociedad, sino dispones del apoyo de un profesional, porque cuestiones como ésta te surgirán muchos días y otras mucho peores, y lo importante para nosotros los economistas es evitar problemas, a los abogados les gusta más resolver problemas, pero créeme lo mejor es no tenerlos.

Y antes que se me olvide, una sociedad, aunque sea la tuya, es un ente con personalidad jurídica propia y por tanto siempre que se trabaja en la misma hay que percibir una renta, aunque sea el SMI u proporcional a las horas trabajadas si no es jornada completa, pero recuerda que tú no trabajarías gratis para ninguna empresa, ¿o no?. Pues eso es algo que se os olvida, y a la inspección cuando aplica normativa de operaciones vinculadas les encanta.

Ruego valore respuesta.

¡Gracias! pero si presento mañana (fuera de plazo) el 111 del 4T y el 190, Hacienda no tiene por qué pedirme que presente los anteriores trimestres del 2017 no?

Aunque la cuota de autónomo se pague por la cuenta de la sociedad, yo ingreso ese dinero en cuenta y lo contabilizo desde la 551 a 572.

Que penalización me pueden pedir por retrasarme en la presentación 9 días?

Si tú ingresas el dinero a la cuenta de la sociedad, seria 572 a 551, y será una deuda que tendrá la sociedad contigo. En el modelo 111 es posible que un trimestre tengas retenciones y otro no, no es obligado presentarlo siempre, por lo que en principio no tienen porqué pedirte los tres anteriores. No es justo pero es menos gravoso presentar un modelo 111 con una retención de 1 Euro que presentarlo sin retenciones. Porque cuando hay pago, la sanción es del 5% menos bonif. Del 25% por pronto pago si el retraso es menor a tres meses, por lo que ya ves es irrisoria, sin embargo si resulta que no hay pago, entonces se sanciona el no haberlo presentado a tiempo con una sanción de 150 Euros siempre que se hace voluntariamente, con alguna reducción también en caso de conformidad. El modelo 190 si lo presentas mañana, estarías en plazo. Fuera del mismo, te mueves también sobre 300 Euros si te requieren, las cuantías exactas las tendría que mirar. Normalmente si presentas voluntariamente sin que requieran la multa es el 50% de la cantidad a si te requieren ellos, por lo que vale la pena.

Ok muchísimas gracias. Entonces en modelo 111 (suponiendo que la cuota de autónomo fuera 350), tendría que poner en la casilla 4 (1), en la casilla 5 (1.050) y en la casilla 6 (1) que sería lo que tendría que pagar. ¿Queda un poco raro no?

Presentando el 111 con las casillas rellenadas como te dije, que clave tengo que poner en el 190?

A ver estoy fuera del despacho. Tienes que rellenar las casillas de rendimientos del trabajo en especie. Si le quieres poner ingreso a cuenta que sea algo usual. Por ejemplo UN 2%. En el 190 es clave A. Rellenas la casilla de retribución en especie, ingreso a cuenta y ya está

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