He devuelto un recibo de deuda firmada ante notario. No puefo seguir pagando y me quedan 7 meses. Me pueden embargar?

Desde febrero de 2017 empecé a pagar una deuda firmada ante notario con una empresa. He devuelto 1 recibo de diciembre porque ya no puedo pagar. Mi duda es que me queda hasta julio de deuda y quería saber si dejo de pagar que puede ocurrir. Actualmente trabajo.

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Entendemos que ha firmado un reconocimiento de deuda en el notario, que normalmente permite la ejecución judicial del mismo en caso de impago.

Si no paga, presentaran procedimiento judicial y terminaran embargando nominas, bancos, bienes, etc...

Si es un reconocimiento de deuda. Se le pueden añadir intereses de demora? Gracias

Deberá ponerse en manos de un abogado que le estudie su caso concreto.

Pero normalmente si podrán reclamarle intereses de mora y costas judiciales.

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