Me pueden obligar a abonar una deuda de mi inquilino?

Mis inquilinos han sido multados por trucar el contador de la luz, tienen la intención de irse de la vivienda sin abonar dicha multa por lo que procederán al corte de luz, ¿cuándo volvamos a nuestro piso podemos dar de alta a nuestro nombre un nuevo contrato o nos obligaran a pagar su deuda?

3 respuestas

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Esa pregunta es para la compañía eléctrica. En mi opinión al ser un distinto titular deberían empezar de cero pero a veces las compañías eléctricas se aprovechan... por eso yo a la mínima excusa que me pongan pondría el caso en manos de un abogado

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Las compañías eléctricas a veces actúan como si fuesen Dios. Si la suma de la multa es importante, llegado el caso tendréis que recurrir a un abigado.

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Depende del tipo de fraude. Si el contrato está a nombre de ellos, la deuda se gira en comercializadora por lo que son los inquilinos los que deben pagarla. Si no la abonan, en 2 meses cortan el suministro y 2 meses después retiran el contador. Si el contrato está a tu nombre, y la titularidad del contador (usuario efectivo de la energía), y no se abona la deuda, a ti no te permitirán contratar y tendrás que pagar la deuda pata hacerlo. No obstante, puedes dar de alta el suministro a nombre de otra persona y ahí no te lo pueden denegar. O pagar la deuda. Que también te permitiría hacerlo. El problema es la deuda y con quién la tengas.

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