¿Después de la jubilación que pasa con los trabajadores de baja?

Estoy de baja medica casi 2 meses y medio.

Y por mi enfermedad tardare mucho tiempo en recuperarme.

Tengo varias dudas.

1 ¿Puedo declararme incapacitado para mi trabajo?

¿Si mi jefa se jubila y cierra la empresa que pasaría conmigo?

¿Y si me despiden? ¿Me darían una indemizacion? ¿Cómo podría calcular mi finiquito?

1 Respuesta

Respuesta

A su primera pregunta, el encargado de declarar la incapacidad es el servicio medico de su comunidad, por lo que no depende de usted declararse incapacitado, el tramite es más complicado.

En caso de jubilación del empresario depende de la forma jurídica de este, si es persona física ( un autónomo) a usted le correspondería de indemnización una mensualidad de salario.

Si es persona jurídica (una sociedad) y le despiden ya que nadie continua la actividad le correspondería una indemnización de 20 días por año trabajado.

En ambos caso, si el cese se produce estando usted de baja medica, sera el INSS o la Mutua los encargado de seguir abonando su salario, el tiempo que este en baja medica tras el cese en la empresa irá consumiendo los meses que le correspondan de una futura prestación por desempleo.

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